ESTÍMULO DE PUNTUALIDAD DE LOS TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL. PARA QUE INTEGRE EL SALARIO PARA EL PAGO DE LA PRIMA DE ANTIGÜEDAD CON MOTIVO DE LA JUBILACIÓN POR AÑOS DE SERVICIOS, DEBE DEMOSTRARSE QUE SE RECIBIÓ ORDINARIAMENTE EN EL ÚLTIMO PERIODO LABORADO.
El estímulo de puntualidad regulado en el artículo 93 del Reglamento Interior de Trabajo del Instituto Mexicano del Seguro Social, conforma el salario para efectos del pago de la prima de antigüedad con motivo de la jubilación por años de servicios, cesantía en edad avanzada o vejez, establecida en la cláusula 59 Bis del contrato colectivo de trabajo que rige en ese instituto, como se establece en la jurisprudencia 2a./J. 103/2009, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXX, agosto de 2009, página 219, de rubro: "SEGURO SOCIAL. LOS ESTÍMULOS DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 91 Y 93 DE SU REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO, INTEGRAN EL SALARIO PARA EFECTOS DEL PAGO DE LA PRIMA DE ANTIGÜEDAD CON MOTIVO DE LA SEPARACIÓN PREVISTA EN LA CLÁUSULA 59 BIS DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO.". Con base en este criterio y en que el referido estímulo tiene como finalidad incentivar la puntualidad y asiduidad del trabajador para su productividad laboral, entonces, para que integre el salario con el que debe determinarse el monto de la prima de antigüedad con motivo de la jubilación por años de servicios, debe atenderse a que el trabajador lo haya devengado por lo menos durante el periodo que conste en los recibos de pago de salarios, en que se basa la acción que corresponde al último año de servicios, ya que su naturaleza es la de un premio a la asistencia puntual al centro de trabajo, y como la separación del servicio es por los años de antigüedad, es entendible que para el pago de la prima se observe también que esa prestación la recibió ordinariamente en el último periodo laborado.
DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/161086-e4b90828/estimulo-de-puntualidad-de-los-trabajadores-del-seguro · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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