Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

NOTARIADO PARA EL DISTRITO FEDERAL. EN LA NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNABLE EN EL RECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN EL ARTÍCULO 231 DE LA LEY RELATIVA, DEBE DARSE A CONOCER TAMBIÉN EL ORDENAMIENTO APLICADO SUPLETORIAMENTE PARA DEFINIR CUÁNDO SURTE EFECTOS.

Clave: I.18o.A.8 A · Registro digital (IUS): 161548 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIV, Julio de 2011; Pág. 2141

Ante la ausencia de disposiciones en la Ley del Notariado para el Distrito Federal que establezcan cuándo surte efectos la notificación de la resolución impugnable en el recurso de inconformidad previsto en el artículo 231 de dicha ley y dado el principio de seguridad jurídica que consagran, en su expresión genérica, los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual lleva implícita la exigencia de claridad en las órdenes que pueden afectar los derechos de los gobernados, se concluye que en la mencionada notificación debe darse a conocer también el ordenamiento aplicado supletoriamente para definir cuándo surte efectos que, en el caso, es el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Lo anterior, aunque el primer ordenamiento citado no constriña a la autoridad a comunicar ese dato al notificado, porque debe privilegiarse el referido postulado constitucional, a efecto de otorgar certidumbre a los gobernados en cuanto al punto de partida del cómputo del plazo de que dispongan para promover el señalado medio de defensa.

DÉCIMO OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/161548-6b49fa24/notariado-para-el-distrito-federal-en-la-notificacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 89/2010. Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno del Distrito Federal y otro. 6 de mayo de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Angelina Hernández Hernández. Secretario: Christian Omar González Segovia.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis