COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO PROMOVIDO CONTRA EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE LA COMISIÓN PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT) DE LOS FINES DE UN DECRETO EXPROPIATORIO, APOYADO EN QUE EL INMUEBLE CUYA REGULARIZACIÓN SE SOLICITA ESTÁ ESCRITURADO A FAVOR DE OTRA PERSONA. CORRESPONDE A LOS ÓRGANOS ESPECIALIZADOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA.
De los artículos 37 y 38 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se advierte que para determinar la competencia por materia, el legislador tomó como base la naturaleza del acto reclamado y de la autoridad responsable. Ahora bien, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 2a./J. 49/95, de rubro: "COMISIÓN PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA. CUÁNDO TIENE EL CARÁCTER DE AUTORIDAD PARA LOS EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO.", sostuvo que la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT) constituye un órgano auxiliar del Poder Ejecutivo, y que cuando se emite un decreto expropiatorio y queda a su cargo cumplir sus fines, su actuar puede reputarse como emanado de una autoridad para los efectos del juicio de amparo, toda vez que decide cuestiones de posesión a fin de determinar a quién y en qué medida le asisten derechos de preferencia para la adquisición de lotes; priva de la posesión sobre áreas que se destinarán a uso común y realiza otros actos de contenido similar que, además de significar afectación, son unilaterales e imperativos. Ahora bien, cuando se promueve un juicio de garantías contra la falta de cumplimiento por parte de la CORETT de los fines de un decreto expropiatorio consistentes en regularizar y titular, mediante la venta a los avecindados de los solares que ocupan el inmueble expropiado y los lotes vacantes a terceros para la construcción de viviendas de interés social, y el incumplimiento se apoya en que el inmueble relativo se encuentra escriturado a favor de otra persona, se reclaman actos omisivos de naturaleza administrativa que afectan a la quejosa, pues unilateral e imperativamente deciden en el ámbito administrativo cuestiones de posesión, al determinarse que no asiste a aquélla el derecho a la adquisición del inmueble. Luego, en ese supuesto, los actos reclamados en la vía constitucional son eminentemente administrativos, en atención a que constituyen declaraciones de voluntad de un órgano auxiliar del Poder Ejecutivo y son susceptibles de crear con eficacia particular obligaciones, facultades o situaciones jurídicas de naturaleza administrativa, por lo que la competencia para conocer de la demanda de amparo se surte a favor de los órganos especializados en esa materia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/164134-30ee69bc/competencia-para-conocer-del-juicio-de-amparo-promovido · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COMPETENCIA PARA CONOCER DE UN JUICIO ORDINARIO CIVIL EN QUE SEA PARTE DEMANDADA LA COMISIÓN PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT). (1a./J. 28/97)
- COMPETENCIA PARA CONOCER DE UN JUICIO ORDINARIO CIVIL EN QUE SEA PARTE DEMANDADA LA COMISIÓN PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT). (228)
- COMPETENCIA PARA CONOCER DE UN JUICIO ORDINARIO CIVIL EN QUE SEA PARTE DEMANDADA LA COMISIÓN PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT). (40)
- COMPETENCIA PARA CONOCER DE UN JUICIO ORDINARIO CIVIL EN QUE SEA PARTE DEMANDADA LA COMISIÓN PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT).- (63)
- COMISIÓN PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT). TIENE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER EL RECURSO DE REVISIÓN CONTRA LAS SENTENCIAS DONDE FIGURE COMO AUTORIDAD RE (II.1o.A.144 A)
- NULIDAD DE ESCRITURA EXPEDIDA POR LA COMISIÓN PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT). LOS JUECES Y TRIBUNALES DEL ORDEN CIVIL CARECEN DE JURISDICCIÓN PARA DECR (III.5o.C.54 C)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis