Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. LA NOTIFICACIÓN DE SUS RESOLUCIONES, REALIZADA A TRAVÉS DE SU PUBLICACIÓN EN LA GACETA QUE EL PROPIO ORGANISMO EDITA MENSUALMENTE, SURTE PLENOS EFECTOS Y DEBE CONSIDERARSE PARA DETERMINAR LA OPORTUNIDAD EN LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL.

Clave: I.7o.A.698 A · Registro digital (IUS): 164766 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Abril de 2010; Pág. 2742

Conforme al artículo 13 del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial se autoriza a notificar a los solicitantes o terceros interesados, entre otros actos, las resoluciones emitidas por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial a través de su publicación en la gaceta que el propio organismo edita mensualmente en términos del precepto 14 del indicado ordenamiento. Por tanto, al ser ésta el órgano de difusión de las resoluciones del citado instituto, la notificación así realizada surte plenos efectos y debe considerarse para determinar la oportunidad en la presentación de la demanda del juicio contencioso administrativo federal, sin que se estime necesario que deba realizarse personalmente, en términos del artículo 36 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, aplicado supletoriamente, pues el mencionado reglamento establece la forma en que el referido instituto realizará la notificación de sus resoluciones.

SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/164766-6dcb7f62/instituto-mexicano-de-la-propiedad-industrial-la-notificacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 438/2009. Federico Ángel González Abarca. 20 de enero de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Adela Domínguez Salazar. Secretaria: Aurora del Carmen Muñoz García.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis