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RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS. LOS ARTÍCULOS 37, FRACCIÓN I, 39 Y 46 DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR PARA EL ESTADO DE ZACATECAS, NO VIOLAN LA GARANTÍA DE ACCESO A LA JUSTICIA.

Clave: 1a. LVI/2010 · Registro digital (IUS): 164918 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Marzo de 2010; Pág. 941

Si bien es cierto que de los citados preceptos se advierte que la Auditoría Superior del Estado de Zacatecas puede determinar responsabilidades y fijar la cantidad para que una persona restituya al Estado o Municipio los fondos públicos a través de un procedimiento de investigación, también lo es que ello no los torna violatorios del artículo 17, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que garantiza a toda persona el derecho de acceso efectivo a la justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla de forma gratuita, ya que prevén un mecanismo para que la autoridad determine en la vía administrativa si una persona en el desempeño de su función pública o bien un particular cometió alguna irregularidad o conducta ilícita en el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de fondos públicos. Además, conforme al artículo 50 de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Zacatecas, las resoluciones emitidas en aquella materia por la Auditoría Superior de esa entidad podrán ser impugnadas mediante el recurso de revocación o el juicio de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado, lo que evidencia que las propias resoluciones son revisables ante dicho ente o un tribunal independiente, por lo que no hay privación al derecho de acceso a la justicia pronta, completa e imparcial.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/164918-01fcfbda/responsabilidades-administrativas-los-articulos-37-fraccion-i-39 · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en revisión 1380/2009. Ana Luisa Martínez Martínez. 2 de septiembre de 2009. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y Ponente: Sergio A. Valls Hernández; en su ausencia hizo suyo el asunto Juan N. Silva Meza. Secretario: David Rodríguez Matha.

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