Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA EN MATERIA FISCAL FEDERAL. ES INNECESARIO QUE LA AUTORIDAD EXPIDA UNA NUEVA PARA EMITIR SU RESOLUCIÓN LIQUIDATORIA, CUANDO EN CUMPLIMIENTO DE UNA SENTENCIA EN LA QUE SE DECLARÓ LA NULIDAD DEL PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN POR VICIOS DE FORMA, NO DE FONDO, AQUÉLLA REPONE SUS ACTUACIONES A PARTIR DE DONDE SE COMETIÓ LA VIOLACIÓN.

Clave: XIV.C.A.30 A · Registro digital (IUS): 164978 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Marzo de 2010; Pág. 3023

Cuando en cumplimiento de una sentencia dictada en un juicio contencioso administrativo, en la que se declaró la nulidad del procedimiento de fiscalización por vicios de forma, no de fondo, la autoridad fiscal repone sus actuaciones a partir de donde se cometió la violación, es innecesario que expida una nueva orden de visita domiciliaria para que pueda emitir su resolución liquidatoria, porque la inicial continúa vigente, en razón de que no resultó afectada con la reposición, y como debido a ello el trámite procesal aún no concluye, no se actualizan los supuestos normativos de los artículos 46, último párrafo, del Código Fiscal de la Federación y 19 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, que disponen que una vez concluida una visita sólo podrá iniciarse otra al mismo contribuyente cuando las facultades de comprobación se refieran a igual contribución si se comprueban hechos diferentes a los ya revisados.

TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO CUARTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/164978-813fe068/orden-de-visita-domiciliaria-en-materia-fiscal-federal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 515/2009. Don Rosendo, S.A. de C.V. 25 de noviembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Gabriel Alfonso Ayala Quiñones. Secretaria: Silvia Beatriz Alcocer Enríquez.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis