SEGURO SOCIAL. LA LEY RELATIVA EXPEDIDA POR EL CONGRESO DE LA UNIÓN SE UBICA EN EL MISMO PLANO JERÁRQUICO QUE EL DE LAS DEMÁS LEYES FEDERALES.
Aun cuando la Ley del Seguro Social es reglamentaria de los artículos 123, apartado A, fracción XXIX, y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que regula los seguros y los servicios mencionados en aquel numeral y define la estructura del Instituto Mexicano del Seguro Social y sus relaciones con el Ejecutivo Federal y algunas de sus dependencias, ello no implica que el referido ordenamiento tenga una jerarquía diferente a la de las demás leyes federales, al no existir sustento alguno para considerar que una ley, por el hecho de ser reglamentaria de un precepto constitucional, tenga una especial posición en el orden jurídico nacional, ya que las leyes expedidas por el Congreso de la Unión para regular una determinada materia reservada expresamente a la Federación por la Constitución General de la República, en la medida en que se encuentran limitadas a incidir en el ámbito estrictamente federal, se ubican en el mismo plano jerárquico que el de las demás leyes federales, toda vez que al trascender al mismo ámbito material de validez y sujetarse a idéntico proceso legislativo de creación, modificación y derogación, no existe justificación constitucional que permita conferirles diversa jerarquía, máxime que, finalmente, toda expresión legislativa federal encuentra sustento, cuando menos competencialmente, en el Magno Ordenamiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/165152-fbe9c486/seguro-social-la-ley-relativa-expedida-por-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SEGURO SOCIAL. LA LEY RELATIVA EXPEDIDA POR EL CONGRESO DE LA UNIÓN ES DE NATURALEZA FEDERAL Y NO GENERAL. (P. XI/2010)
- SEGURO SOCIAL, NO PROCEDE LA SUSPENSION CONTRA LA LEY DEL. (s/clave)
- SEGURO SOCIAL, INSTITUTO MEXICANO DEL. REGLAMENTO DE ORGANIZACION INTERNA DE LAS DELEGACIONES REGIONALES Y ESTATALES. DE 18 DE JUNIO DE 1981. NO ES INCONSTITUCIONAL. (VI.2o. 196 A)
- SEGURO SOCIAL. EL ARTÍCULO 251, FRACCIÓN XXXVII, DE LA LEY RELATIVA, AL ESTABLECER QUE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL TENDRÁ LAS DEMÁS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE OTO (1a. XLV/2008)
- INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. REGLAMENTO DE ORGANIZACION INTERNA DE LAS DELEGACIONES REGIONALES Y ESTATALES DEL. DE 18 DE JUNIO DE 1981. NO ES INCONSTITUCIONAL. (VI.2o. 186 A)
- SEGURO SOCIAL. EL ARTÍCULO 295 DE LA LEY RELATIVA QUE ESTABLECE A CARGO DE LOS ASEGURADOS Y SUS BENEFICIARIOS LA OBLIGACIÓN DE AGOTAR EL RECURSO DE INCONFORMIDAD, ANTES DE ACUDIR A (361 (H))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis