DERECHOS POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS PARA CONSTRUIR, INSTALAR, FIJAR, MODIFICAR O AMPLIAR ANUNCIOS EN AZOTEA O AUTOSOPORTADOS. LAS VISITAS Y PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA REALIZADAS CON POSTERIORIDAD A ESE ACTO NO FORMAN PARTE DEL TRIBUTO (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 214, FRACCIÓN I, INCISO A), DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL DISTRITO FEDERAL, VIGENTE EN 2008).
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que los derechos cobrados por servicios públicos no pueden imponerse respecto de una actividad estatal generalizada donde la prestación recibida por los particulares es indivisible e indeterminada, sino que se beneficia en conjunto con el resto de la población que requiere de la intervención del Estado, quedando comprendidas en dicho supuesto las funciones públicas asignadas constitucionalmente como la administración de justicia, la seguridad pública o las facultades administrativas o fiscales de comprobación, siendo que estas últimas son distintas a la vigilancia en la aplicación de subsidios económicos que otorga el gobierno, con base en el artículo 28, último párrafo, de la carta magna. En ese tenor, las visitas y procedimientos previstos en el Reglamento de Verificación Administrativa del Distrito Federal no forman parte del derecho por la expedición de licencia de anuncio establecido en el artículo 214, fracción I, inciso a), del Código Financiero de esa entidad federativa, vigente en 2008, en virtud de que aquéllas son funciones estatales y no servicios públicos, de las que se desconoce si se individualizarán contra el titular de la licencia, aunado a que la inspección del anuncio opera aunque no se tenga la autorización, se haya tramitado o no, o esté vencida, que revelaría que únicamente la pagarían quienes cuentan con ese documento, por lo que si bien puede valorarse el costo que representa para el Estado el despliegue técnico que realice antes de que se otorgue la licencia, no conlleva a que pueda incorporarse en ese tributo la actividad (general y permanente) de verificación llevada a cabo después de tal expedición.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/165570-dec7bca5/derechos-por-la-expedicion-de-licencias-para-construir · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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