Corpus
Modo: Corpus Pro

ROBO EN TIENDAS DE CONVENIENCIA. SU COMISIÓN NO ACTUALIZA LA CALIFICATIVA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 374, FRACCIÓN II, DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE NUEVO LEÓN, AL NO CONSIDERARSE A DICHOS LOCALES COMO UN "EDIFICIO" O UNA "PIEZA" QUE NO ESTÉN HABITADOS O DESTINADOS PARA HABITARSE.

Clave: IV.1o.P.47 P · Registro digital (IUS): 166071 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Octubre de 2009; Pág. 1644

El artículo 374, fracción II, del Código Penal para el Estado de Nuevo León establece que el delito de robo se agravará: "Cuando se cometa en un parque u otro lugar cerrado o en un edificio o pieza que no estén habitados, ni destinados para habitarse.". Ahora bien, la locución "edificio" a que se refiere dicha fracción entraña una gran construcción compuesta de varios locales, por su parte, la palabra "pieza" evoca una parte integrante de un todo, de una estructura inherente o vinculada a la misma, que no puede ser desligada de la edificación sin que ésta sufra algún daño o menoscabo, mientras que la frase complementaria del elemento del delito a saber, "destinados para habitarse", constituye un elemento específico del objeto material del delito que significa dar albergue, residencia u hogar a las personas y que sirve de morada. Por consiguiente, aun cuando el robo sea cometido en tiendas de conveniencia que pudieran estar instaladas en parte de una edificación mayor, que por razones obvias no está habitada ni destinada a la habitación, lo cierto es que dichos lugares no contienen los elementos para que se actualicen las exigencias legales que requiere la calificativa de mérito, en tanto que se trata de locales autónomos que ofrecen a sus clientes un espacio de libre acceso, desligado del edificio donde se encuentran.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL CUARTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/166071-6837cb8c/robo-en-tiendas-de-conveniencia-su-comision-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 129/2009. 2 de julio de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: José Heriberto Pérez García. Secretario: César Miguel Silva Estrada.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.