OPCIÓN DE COMPRA DE ACCIONES PREVISTA EN LOS ARTÍCULOS 110, FRACCIÓN VII, Y 110-A DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DE 2005 Y OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS. CONCEPTO Y NOTAS DISTINTIVAS.
La opción de compra de acciones a favor de los trabajadores prevista en los artículos 110, fracción VII, y 110-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente a partir del 1o. de enero de 2005 es distinta a las operaciones financieras derivadas, pues conforme al artículo 16-A del Código Fiscal de la Federación, se entiende por operaciones financieras derivadas, entre otras, aquellas en que una de las partes obtiene el derecho o la obligación de adquirir acciones que cotizan en mercados reconocidos a un precio establecido al celebrarlas, esto es, en dichas operaciones pueden concurrir todas las personas con capacidad para contratar, mientras que a la referida opción de compra de acciones sólo pueden acudir quienes tengan el carácter de trabajadores, en tanto que es una prestación laboral otorgada por el patrón o una parte relacionada con éste para adquirir acciones sin costo o a uno menor o igual al del mercado. A diferencia de lo anterior, en las operaciones financieras derivadas el derecho de comprar o vender en el futuro ciertos bienes, títulos o valores se establece a un precio convenido. Otra nota distintiva es que en las operaciones financieras derivadas las acciones se adquieren hasta la fecha acordada por las partes -cuando se lleva a cabo la enajenación-, en cambio, en la opción de compra de acciones se adquieren cuando el trabajador ejerce la opción y se enajenan cuando el adquirente transmite la propiedad a un tercero.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/166347-531a173b/opcion-de-compra-de-acciones-prevista-en-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- OPCIÓN DE COMPRA DE ACCIONES. LA PREVISTA EN LOS ARTÍCULOS 110, FRACCIÓN VII, Y 110-A DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DE 2005. ES UNA REMUNE (1a. CLII/2009)
- OPCIÓN DE COMPRA DE ACCIONES OTORGADA POR UNA EMPRESA O SU RELACIONADA A UN TRABAJADOR, DERIVADA DE SU RELACIÓN LABORAL. HECHOS QUE LA INTEGRAN Y EFECTOS TRIBUTARIOS QUE ÉSTOS PROD (I.4o.A.710 A)
- RENTA. LOS ARTÍCULOS 110, FRACCIÓN VII Y 110-A DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, NO TRANSGREDEN EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 20 (2a. XCVI/2008)
- RENTA. LOS ARTÍCULOS 110, FRACCIÓN VII Y 110-A DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO NO VIOLAN LA GARANTÍA DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2005). (1a. CLXXXIV/2006)
- RENTA. LOS ARTÍCULOS 110, FRACCIÓN VII Y 110-A DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, NO VIOLAN LA GARANTÍA DE IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2005). (1a. CLXXXIII/2006)
- RENTA. LOS ARTÍCULOS 110, FRACCIÓN VII Y 110-A DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, NO VIOLAN LA GARANTÍA DE LEGALIDAD TRIBUTARIA POR NO DEFINIR EXPLÍCITAMENTE EL CONCEPTO "VALOR DE ME (2a. XCVII/2008)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis