Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

CADUCIDAD DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA DE EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE. CUANDO LA AUTORIDAD OMITIÓ DECLARARLA, ES INAPLICABLE LA TEORÍA DENOMINADA: "ILEGALIDADES NO INVALIDANTES", PARA VALIDAR LA RESOLUCIÓN QUE IMPONE UNA MULTA AL PARTICULAR.

Clave: I.7o.A.580 A · Registro digital (IUS): 169360 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Julio de 2008; Pág. 1683

Este órgano jurisdiccional en la tesis I.7o.A.456 A, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIII, mayo de 2006, página 1687, de rubro: "CADUCIDAD PREVISTA EN LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. ES APLICABLE SUPLETORIAMENTE A LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE.", sostiene que dicha figura jurídica es una forma de dar por concluido el procedimiento administrativo, atendiendo a la actitud pasiva de la autoridad que es omisa en dictar la resolución correspondiente en el tiempo que fija la ley. Por otra parte, la teoría denominada: "ilegalidades no invalidantes", consiste fundamentalmente en la necesidad de preservar la actuación de una autoridad administrativa a pesar de su ilegalidad, cuando las omisiones o vicios no afecten efectivamente la defensa del particular ni trasciendan al sentido de la resolución impugnada, en atención al beneficio de intereses colectivos encaminados al aseguramiento del objeto del acto administrativo. En esa tesitura, la mencionada teoría es inaplicable para validar la resolución que impone una multa al particular en materia de equilibrio ecológico y protección al ambiente, cuando la autoridad omitió declarar la caducidad del procedimiento administrativo relativo, ya que esa conducta pasiva trasciende al sentido de la resolución, ocasiona indefensión al particular, y afecta directamente su esfera jurídica, porque la referida declaración impide la aplicación de cualquier sanción pecuniaria, al haber caducado el plazo legal para hacerlo, en términos del artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/169360-f49f840d/caducidad-del-procedimiento-administrativo-en-materia-de-equilibrio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Revisión fiscal 72/2008. Directora General de Delitos Federales contra el Ambiente y Litigio de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, en representación del Procurador Federal de Protección al Ambiente. 23 de abril de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Gustavo Naranjo Espinosa.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis