Corpus
Modo: Corpus Pro

ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO. CONFORME A LA LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DEL CRÉDITO QUE LOS RIGE, NO PUEDEN ACTUAR COMO FIDUCIARIAS.

Clave: 1a. CCXXXIII/2007 · Registro digital (IUS): 171243 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVI, Octubre de 2007; Pág. 183

En términos del artículo 395 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, sólo pueden actuar como fiduciarias de los fideicomisos las instituciones de crédito, instituciones de seguros, instituciones de fianzas, casas de bolsa, sociedades financieras de objeto múltiple a que se refiere el artículo 87-B de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, y los almacenes generales de depósito. Sin embargo, la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, que es el ordenamiento que rige a los almacenes generales de depósito, no los faculta para participar como fiduciarias y, más aún, la fracción VIII de su artículo 23 dispone que tienen prohibición para "realizar las demás operaciones que no les estén expresamente autorizadas". En tales condiciones y en atención al principio de especialidad conforme al cual la ley particular -en este caso la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito- debe prevalecer sobre la general, se concluye que los almacenes generales de depósito no pueden actuar con el carácter de fiduciarias.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/171243-c5e152d4/almacenes-generales-de-deposito-conforme-a-la-ley · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 109/2007. Banco Invex, S.A., Institución de Banca Múltiple, Invex Grupo Financiero. 5 de septiembre de 2007. Cinco votos. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretarios: Dolores Rueda Aguilar, Rosaura Rivera Salcedo y Juan Carlos de la Barrera Vite. Amparo en revisión 231/2007. Banco Azteca, S.A., Institución de Banca Múltiple. 5 de septiembre de 2007. Cinco votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretarios: Dolores Rueda Aguilar, Rosaura Rivera Salcedo y Juan Carlos de la Barrera Vite. Amparo en revisión 194/2007. Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Interacciones. 5 de septiembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Impedida: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretarios: Dolores Rueda Aguilar, Rosaura Rivera Salcedo y Juan Carlos de la Barrera Vite. Amparo en revisión 309/2007. Skandia Vida, S.A. de C.V. 5 de septiembre de 2007. Cinco votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretarios: Dolores Rueda Aguilar, Rosaura Rivera Salcedo y Juan Carlos de la Barrera Vite.

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