COMPETENCIA DEL TRIBUNAL EN PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. LA TIENE PARA DIRIMIR CONTROVERSIAS SUSCITADAS ENTRE LAS SALAS RESPECTO A LA INTERPRETACIÓN DE ACUERDOS GENERALES PLENARIOS.
Conforme al artículo 11, fracción IX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene atribuciones para conocer y dirimir cualquier controversia que surja entre las Salas de ese Alto Tribunal con motivo de la interpretación y aplicación de los artículos 94, 97, 100 y 101 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de los preceptos relativos de la citada Ley Orgánica. En consecuencia, el Pleno de la Suprema Corte está facultado para dirimir el conflicto que se suscite entre la Primera y la Segunda Salas con motivo de la interpretación de un Acuerdo General Plenario, emitido conforme a los artículos 94, párrafo séptimo, de la Constitución de la República y 11, fracción XXI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/172587-5ac8e6ef/competencia-del-tribunal-en-pleno-de-la-suprema · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COMPETENCIA DE LAS SALAS DE LA SUPREMA CORTE. SE SURTE RESPECTO DE TODOS LOS ASUNTOS QUE CORRESPONDA CONOCER A ESE ALTO TRIBUNAL SI EL PLENO LO DETERMINA EN ACUERDOS GENERALES. (2a. LX/2001 )
- CONFLICTO COMPETENCIAL. CORRESPONDE AL TRIBUNAL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN RESOLVERLO CUANDO SE INVOLUCRAN MATERIAS QUE CORRESPONDEN A LA ESPECIALIDAD DE LA (104)
- CONFLICTO COMPETENCIAL. CORRESPONDE AL TRIBUNAL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN RESOLVERLO CUANDO SE INVOLUCRAN MATERIAS QUE CORRESPONDEN A LA ESPECIALIDAD DE LA (68)
- CONFLICTO COMPETENCIAL. CORRESPONDE AL TRIBUNAL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN RESOLVERLO CUANDO SE INVOLUCRAN MATERIAS QUE CORRESPONDEN A LA ESPECIALIDAD DE LA (P./J. 33/99)
- CONFLICTO COMPETENCIAL. CORRESPONDE AL TRIBUNAL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN RESOLVERLO CUANDO SE INVOLUCRAN MATERIAS QUE CORRESPONDEN A LA ESPECIALIDAD DE LA (187)
- CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES. LAS SALAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN TIENEN COMPETENCIA PARA RESOLVERLAS AUN RESPECTO DEL FONDO, CUANDO EN ELLAS INTERVENGA UN MUN (137)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis