REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EMITIDAS POR EL JEFE DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. CUÁNDO SE CUMPLE CON LA OBLIGACIÓN DE FUNDARLAS Y MOTIVARLAS.
Las reglas de carácter general constituyen cuerpos normativos sobre aspectos técnicos y operativos para materias específicas, cuya existencia obedece a los constantes avances de la tecnología y al acelerado crecimiento de la administración pública. Estas reglas se encuentran sujetas al cumplimiento de los requisitos de fundamentación y motivación que tutela el artículo 16 constitucional, aunque ello deba verificarse de forma singular por la naturaleza que la ley le asigna a esas disposiciones. Por consiguiente, el jefe del Servicio de Administración Tributaria cumple con la obligación de fundamentación, cuando para emitirlas se apoya en los artículos 33, fracción I, inciso g), del Código Fiscal de la Federación y 144, fracción I, de la Ley Aduanera, que lo facultan para ello; y con el requisito de motivación, si expone los argumentos que justifiquen el carácter técnico y operativo sobre la materia específica respecto de la cual expide la disposición de carácter general, de manera tal que delimite razonadamente el aspecto sobre el cual se reglamenta una obligación de índole técnica, tanto en sus particularidades como en sus demás exigencias que, según la naturaleza del caso, resulten indispensables para el correcto cumplimiento de las disposiciones fiscales.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/172930-900ddb56/reglas-de-caracter-general-emitidas-por-el-jefe · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR EMITIDAS POR EL JEFE DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. SU FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN. (2a./J. 85/2013 (10a.))
- COMERCIO EXTERIOR. LAS REGLAS GENERALES ADMINISTRATIVAS EN ESA MATERIA PUEDEN REGULAR OBLIGACIONES DE LOS GOBERNADOS, SIEMPRE Y CUANDO RESPETEN LOS PRINCIPIOS DE RESERVA DE LEY Y R (17)
- COMERCIO EXTERIOR. LAS REGLAS GENERALES ADMINISTRATIVAS EN ESA MATERIA PUEDEN REGULAR OBLIGACIONES DE LOS GOBERNADOS, SIEMPRE Y CUANDO RESPETEN LOS PRINCIPIOS DE RESERVA DE LEY Y R (2a./J. 107/2004)
- REVISIÓN FISCAL. AUN CUANDO EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SE HAYA IMPUGNADO ÚNICAMENTE UNA NORMA DE CARÁCTER GENERAL, SIN ACTO CONCRETO DE APLICACIÓN, ELLO NO IMPIDE QUE (VI.1o.A.273 A)
- RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL. LAS REGLAS QUE CONTIENE PUEDEN LLEGAR A ESTABLECER OBLIGACIONES A LOS CONTRIBUYENTES, YA QUE NO CONSTITUYEN CRITERIOS DE INTERPRETACIÓN SINO DISPOSICI (P. LV/2004)
- SUBSECRETARIO DE INGRESOS DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. CARECE DE FACULTADES PARA DICTAR REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA FISCAL. (I.7o.A.31 A)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis