Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBA TESTIMONIAL EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. SI EN EL ESCRITO DE CONTESTACIÓN DE DEMANDA, EN EL APARTADO REFERENTE A PRUEBAS EL DEMANDADO PROPORCIONA EL NOMBRE, APELLIDOS Y DOMICILIO DE SUS TESTIGOS, CON ELLO CUMPLE CON LAS EXIGENCIAS PREVISTAS EN EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 1401 DEL CÓDIGO DE COMERCIO.

Clave: VI.1o.C.97 C · Registro digital (IUS): 173209 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Febrero de 2007; Pág. 1852

Los artículos 1198 y 1401, primer párrafo, del Código de Comercio establecen: "Artículo 1198. Las pruebas deben ofrecerse expresando claramente el hecho o hechos que se trata de demostrar con las mismas, así como las razones por los que el oferente considera que demostrarán sus afirmaciones; si a juicio del tribunal las pruebas ofrecidas no cumplen con las condiciones apuntadas, serán desechadas, observándose lo dispuesto en el artículo 1203 de este ordenamiento. En ningún caso se admitirán pruebas contrarias a la moral o al derecho.". "Artículo 1401. En los escritos de demanda, contestación y desahogo de vista de ésta, las partes ofrecerán sus pruebas, relacionándolas con los puntos controvertidos, proporcionando el nombre, apellidos y domicilio de los testigos que hubieren mencionado en los escritos señalados al principio de este artículo; así como los de sus peritos, y la clase de pericial de que se trate con el cuestionario que deban resolver; y todas las demás pruebas que permitan las leyes.". De lo anterior se advierte que las citadas disposiciones legales, no obligan a la parte demandada en un juicio ejecutivo mercantil, a precisar el nombre de sus testigos en el capítulo de contestación a los hechos narrados en la demanda, sino únicamente a proporcionar el nombre, apellidos y su domicilio, al momento de ofrecer la prueba relacionándola, además, con los puntos controvertidos, por lo que sí se cumple con las exigencias previstas en el primer párrafo del citado artículo 1401, al señalar en el escrito de contestación de demanda, en el apartado referente a pruebas, los nombres completos y domicilio de los testigos que presenciaron los acontecimientos que narró.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/173209-a4f30c2c/prueba-testimonial-en-el-juicio-ejecutivo-mercantil-si · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 297/2006. Alfonso Sobero Fernández. 6 de octubre de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Rosa María Temblador Vidrio. Secretario: Arturo López González.

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