ARRESTO. CUANDO SE RECLAMA CONJUNTAMENTE CON LA NOTIFICACIÓN DEL AUTO QUE LO IMPONE Y EN EL JUICIO DE AMPARO SE ANALIZA LA LEGALIDAD DE DICHA MEDIDA DE APREMIO, DEBEN DESESTIMARSE LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN EN QUE SE CUESTIONA LA LEGALIDAD DE AQUELLA ACTUACIÓN, AL CARECER DE OBJETO PRÁCTICO SU ANÁLISIS.
Si ante el Juez de Distrito se reclaman conjuntamente el auto que decreta el arresto del quejoso y su notificación y, dicho juzgador analiza la constitucionalidad del proveído que impone esa medida de apremio, debe desestimar los conceptos de violación que pretenden cuestionar la legalidad del diverso acto reclamado consistente en su notificación, ya que a nada práctico conduciría que se le otorgara el amparo y protección de la Justicia Federal en contra de él, pues el único efecto que tendría esa concesión, en todo caso, sería que el auto que impone el arresto se le notificara conforme a derecho, sin la posibilidad de que de nueva cuenta pudiera impugnar su ilegalidad, en virtud de que ello fue materia del juicio de amparo en que se analizó su constitucionalidad. Esto es, si el objeto de la notificación del auto que decreta el arresto del quejoso es que éste tenga conocimiento de él y esté en posibilidades de impugnarlo, dicha finalidad se cumple a cabalidad cuando el sujeto contumaz reclama esa medida a través del juicio de amparo, se admite su demanda y se estudian sus conceptos de violación, lo cual finalmente genera que el análisis de la legalidad de su notificación sea inconcuso.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/173839-cabdd0d5/arresto-cuando-se-reclama-conjuntamente-con-la-notificacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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