RETRACTO. A TRAVÉS DE ÉL, SE PRODUCE UN ACTO JURÍDICO CONOCIDO COMO CESIÓN DE CONTRATO.
El retracto se define como: "La facultad de la cual gozan determinadas personas de subrogarse en los derechos y obligaciones del comprador en circunstancias especiales." (Diccionario Jurídico Mexicano del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, Editorial Porrúa, décima cuarta edición, página 2850), la cual se realiza, por regla general, a través de la exhibición del precio, por parte del interesado, para pagar al comprador primigenio, respecto del cual se subroga. Por tanto, cuando se acredita el retracto se actualiza una especie de acto jurídico conocido en la doctrina como "cesión de contrato", que se define como: "El instrumento que permite realizar la llamada circulación del contrato, es decir, la transferencia negocial a un tercero (llamado cesionario) del conjunto de posiciones contractuales (entendido como resultante unitario de derechos y obligaciones orgánicamente interdependientes), constituida en la persona de uno de los originarios contratantes (llamado cedente); de tal forma que, a través de esa sustitución negocial del tercero en la posición de parte del contrato, en lugar del cedente, dicho tercero subentra en la totalidad de los derechos y obligaciones que en su orgánica interdependencia se derivan del contrato estipulado por el cedente." (Andreoli M., La Cesión del Contrato, Editorial Revista de Derecho Privado, Madrid, 1956, páginas 2 y 3). Con la particularidad de que tratándose del retracto la "cesión de contrato", surge de una sentencia judicial que determina la procedencia de dicha acción y no por voluntad de las partes.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL CUARTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/174988-2c381533/retracto-a-traves-de-el-se-produce-un · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- RETRACTO Y NULIDAD. SON ACCIONES CONTRADICTORIAS. (IV.2o.C.46 C)
- RETRACTO, NATURALEZA Y EFECTOS DEL.- (1392)
- RETRACTO, NATURALEZA Y EFECTOS DEL. (IV.1o.P.C.10 C )
- RETROVENTA. (s/clave)
- CONTRATO DE COMPRAVENTA, REQUISITOS PARA RESCINDIR EL. (XXI.1o.42 C)
- RETRACTO, NULIDAD PROVENIENTE DE UNA VENTA A UN TERCERO EXTRAÑO A LA COMUNIDAD, CARACTERISTICAS DE LA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis