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Modo: Corpus Pro

INCIDENTE DE FALSEDAD DE DOCUMENTOS. SU DESECHAMIENTO EN EL JUICIO DE NULIDAD, CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN PROCESAL IMPUGNABLE EN REVISIÓN FISCAL, SIN QUE DEBA EXIGIRSE SU PREPARACIÓN A TRAVÉS DEL RECURSO DE RECLAMACIÓN.

Clave: XXI.2o.P.A.20 A · Registro digital (IUS): 177288 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Septiembre de 2005; Pág. 1474

Resulta procedente la impugnación del auto que desecha un incidente de falsedad de documentos que se hizo valer respecto de la firma que calza el escrito de ampliación de demanda, a través de los agravios expresados con motivo del recurso de revisión fiscal interpuesto en contra de la sentencia definitiva dictada en el juicio de nulidad, tal como lo prevé el artículo 248 del Código Fiscal de la Federación, sin que para su impugnación se exija la preparación, mediante el recurso de reclamación, en términos del diverso artículo 242 del propio código; pues si bien, este medio de defensa procede no sólo contra las resoluciones referidas en el propio artículo 242, sino en todos los casos análogos donde los puntos debatidos giren en torno a esos temas, sucede que el desechamiento del incidente no produce efectos similares a una resolución de las consignadas en este precepto, ya que no se trata de las que admiten, desechan o tienen por no presentada la demanda, la contestación, la ampliación de ambas, o alguna prueba, ni de las que decretan o niegan el sobreseimiento del juicio, o aquellas que admiten o rechazan la intervención de un tercero, tampoco puede considerarse como de naturaleza análoga; puesto que el punto debatido en el incidente no gira en torno a los temas expresamente establecidos en el indicado precepto legal, sino que como lo dispone el diverso numeral 229 del ordenamiento en cita, tiene como finalidad determinar la autenticidad de la firma que calza un documento, incluyendo promociones y actuaciones del juicio, cuando alguna de las partes sostenga su falsedad, en el que la Sala respectiva resolverá sobre la autenticidad del documento exclusivamente para los efectos del juicio en el que se presente el incidente.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/177288-6c5e1573/incidente-de-falsedad-de-documentos-su-desechamiento-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Revisión fiscal 22/2005. Administración Local Jurídica de Acapulco y otros. 2 de mayo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Rafael Aragón. Secretaria: Ma. Guadalupe Gutiérrez Pessina.

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