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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO. ES PROCEDENTE EL CONCURSO DE OPOSICIÓN PARA PROMOCIÓN O CERRADO, PARA EL ASCENSO DE PROFESORES DE ASIGNATURA DEFINITIVO.

Clave: I.9o.T.204 L · Registro digital (IUS): 177409 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Agosto de 2005; Pág. 2055

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 78 y 79 del Estatuto del Personal Académico de la Universidad Nacional Autónoma de México, se advierte que los profesores de asignatura definitivos se encuentran dentro de las hipótesis establecidas en ellos, toda vez que en cuanto al segundo supuesto del artículo 78, se trata de profesores e investigadores definitivos que han cumplido tres años de servicios ininterrumpidos, en una misma categoría y nivel, quienes tienen derecho a solicitar un concurso de oposición para promoción o cerrado, a fin de que se resuelva si procede que sean promovidos a la categoría o nivel inmediato superior, de acuerdo a lo señalado en el apartado 1 del inciso d) del segundo precepto aludido; por lo que no es necesario que previamente se deba aprobar el concurso de oposición para ingreso o abierto a que se refieren los artículos 66 y 68 del estatuto referido.

NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/177409-02334a22/universidad-nacional-autonoma-de-mexico-es-procedente-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 5679/2005. Universidad Nacional Autónoma de México. 29 de junio de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Nilda R. Muñoz Vázquez. Secretaria: Clara Eugenia González Ávila Urbano. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 134/2005-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 142/2005, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, diciembre de 2005, página 394, con el rubro: "UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO. ES IMPROCEDENTE LA APERTURA DE UN CONCURSO DE OPOSICIÓN PARA PROMOCIÓN O UN CONCURSO CERRADO QUE SOLICITA UN PROFESOR DE ASIGNATURA "B" PARA ACCEDER A LA CATEGORÍA DE PROFESOR ASOCIADO 'B'."

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