COMPROBANTES FISCALES. PARA CUMPLIR EL REQUISITO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 29-A, FRACCIÓN I, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, DEBEN CONTENER IMPRESO EL NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL, INCLUYENDO LAS PALABRAS "SOCIEDAD ANÓNIMA" O SU ABREVIATURA "S.A." Y "DE CAPITAL VARIABLE", CUANDO SE TRATE DE UNA PERSONA MORAL DE ESE TIPO.
Conforme a los artículos 1o., 6o., fracción III, 87 y 88 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, existen seis tipos de sociedades, entre ellas las sociedades anónimas, las cuales, como las otras, pueden constituirse como sociedades de capital variable. Un diverso dato obtenido de los citados artículos, consiste en que en las escrituras constitutivas de las personas morales mencionadas deberán contener, entre otras cuestiones, su razón social o denominación y expresar si se trata de una sociedad de capital variable, requisito que junto a los otros referidos en el artículo 6o. de la ley señalada, forman los estatutos sociales. Otro concepto relacionado con las sociedades anónimas, es el relativo a su existencia bajo una denominación y su composición a través de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones. Esa denominación o razón social puede formarse libremente, pero invariablemente debe ser distinta a la de cualquier otra sociedad y lo más importante, al emplearse debe ir siempre seguida de las palabras "sociedad anónima" o de su abreviatura "S.A." y añadirse los vocablos "de Capital Variable"; por ello, cuando en la escritura pública que contenga la constitución de la persona colectiva obligada a expedir comprobantes fiscales se haya pactado que después de su denominación deben escribirse las palabras "sociedad anónima de capital variable" o su abreviatura "S.A. de C.V.", se concluye que en términos del artículo 29-A, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, los comprobantes fiscales expedidos por las operaciones realizadas con el público en general, debe incluirse la denominación social de la empresa tal como sus socios lo acordaron al constituir la persona colectiva, al ser las disposiciones fiscales de aplicación estricta, de conformidad al artículo 5o. del código en cita.
SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/177667-60c56554/comprobantes-fiscales-para-cumplir-el-requisito-previsto-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS PARA EFECTOS FISCALES O ADMINISTRATIVOS. SE INTEGRA CON LAS PALABRAS "SOCIEDAD ANÓNIMA" Y, EN SU CASO, "DE CAPITAL VARIABLE", (2a./J. 123/2016 (10a.))
- NOTIFICACIÓN EN MATERIA ADMINISTRATIVA. EL HECHO DE QUE TANTO EN EL CITATORIO COMO EN EL ACTA CORRESPONDIENTES APAREZCA EL NOMBRE DE LA PERSONA MORAL A LA QUE VA DIRIGIDA Y SE ABRE (I.4o.A.95 A (10a.))
- SOCIEDADES ANONIMAS DE CAPITAL FIJO, TRANSFORMACION DE LAS, EN DE CAPITAL VARIABLE. NO GENERA UN SUJETO DE DERECHO DISTINTO. (s/clave)
- SOCIEDADES, IMPUESTOS A LAS Y A SUS SOCIOS. FICCIÓN JURÍDICA DE LA PERSONALIDAD.- (2706)
- SOCIEDADES MERCANTILES Y SUS SOCIOS.- (2708)
- SOCIEDADES, IMPUESTOS A LAS Y A SUS SOCIOS. FICCION JURIDICA DE LA PERSONALIDAD. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis