SENTENCIAS DE AMPARO. PARA EFECTOS DE SU CUMPLIMIENTO SUSTITUTO, EL VALOR COMERCIAL DE UN TERRENO EN LA ÉPOCA EN QUE DEBIÓ DECRETARSE SU DEVOLUCIÓN, DEBE INCLUIR EL FACTOR DE ACTUALIZACIÓN QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 7o., FRACCIÓN II, DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
Si bien es cierto que en términos del artículo 80 de la Ley de Amparo las sentencias que concedan la protección constitucional tienen el efecto de restituir al quejoso en el pleno goce de la garantía individual violada, también lo es que la cantidad a entregar con motivo del cumplimiento sustituto del fallo protector que ordena la devolución de un terreno debe tener un poder adquisitivo razonablemente análogo al que la respectiva obligación pecuniaria tenía al momento en que jurídicamente aquél tuvo derecho a percibirla. Ahora bien, conforme a los referidos efectos restitutorios, los derechos de la parte quejosa legítimamente tutelados en la ejecución de una resolución de amparo que obliga a devolver un terreno, se limitan a obtener el valor comercial de la tierra en la época en que debió decretarse su devolución, más un factor de actualización del pago hasta el momento en que éste se efectúe; sin embargo, en virtud de que ni la Ley de Amparo, ni el Código Federal de Procedimientos Civiles, supletoriamente aplicado, establecen un procedimiento para actualizar el monto de las obligaciones pecuniarias que con motivo del fallo protector deben entregarse al gobernado, esta Suprema Corte de Justicia de la Nación estima que, por igualdad de razón, para esos efectos debe aplicarse el artículo 7o., fracción II, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, conforme al cual para determinar el valor de un bien o de una operación al término de un periodo, se utilizará el factor de actualización que se obtendrá dividiendo el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes más reciente del periodo, entre el citado índice correspondiente al mes más antiguo de dicho periodo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/181440-3990d7d1/sentencias-de-amparo-para-efectos-de-su-cumplimiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SENTENCIAS DE AMPARO. CUANDO SU CUMPLIMIENTO CONLLEVE LA OBLIGACIÓN DE PAGAR EL VALOR DE UN BIEN INMUEBLE, EL MONTO A CUBRIR SERÁ EL QUE RESULTE DE ACTUALIZAR EL VALOR QUE TENÍA, D (P. XXVII/2003 )
- AMPARO CONTRA LEYES FISCALES. LA CANTIDAD QUE CORRESPONDE DEVOLVER AL QUEJOSO CON MOTIVO DE LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL OTORGADA CONTRA UNA NORMA QUE PREVÉ EL PAGO DE UNA CONTRIBU (I.1o.A.15 A (10a.))
- RENTA. LA DEVOLUCIÓN DEL NUMERARIO RETENIDO COMO CONSECUENCIA DE LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 109, FRACCIÓN XI, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, DECLARADO INCONSTITUCIONAL POR EL TRI (XV.1o.33 A)
- SENTENCIAS DE AMPARO. SI SU CUMPLIMIENTO SUSTITUTO CONSISTE EN PAGO DE NUMERARIO EN LUGAR DE LA DEVOLUCIÓN DEL BIEN AFECTADO, EL CÁLCULO DEL AVALÚO DEBE RETROTRAERSE A LA ÉPOCA EN (P. XX/2004 )
- SENTENCIA DE AMPARO, CUMPLIMIENTO DE, CUANDO SE ACREDITA LA POSESION Y SE ESTABLECE LA POSIBILIDAD DE QUE EN EL JUICIO COMUN SE DISCUTAN DERECHOS DE PROPIEDAD. (s/clave)
- EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis