RÉGIMEN SIMPLIFICADO. LOS REQUISITOS PARA TRIBUTAR BAJO AQUÉL SON ÚNICAMENTE LOS PREVISTOS EN LA LEY (ARTÍCULO 67 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA VIGENTE EN 1999).
De conformidad con el principio de reserva de ley, los requisitos a que debe atenderse para tener derecho a tributar bajo el régimen simplificado que establece el título II-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente en mil novecientos noventa y nueve, son los previstos en el artículo 67, en relación con el diverso 13 de ese ordenamiento, conforme a los cuales se consideran dedicados exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, así como al autotransporte terrestre de carga o pasajeros, aquellos contribuyentes cuyos ingresos por dichas actividades representan cuando menos el 90% de sus ingresos totales. En esa tesitura, no puede imponerse como requisito para tener derecho a tributar en el régimen que nos ocupa, el resultado de un ejercicio inmediato anterior, pues este elemento no lo contempla la ley en los artículos señalados.
DÉCIMO SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/182969-12e0ad67/regimen-simplificado-los-requisitos-para-tributar-bajo-aquel · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA. LOS ARTÍCULOS 67, PRIMER PÁRRAFO, Y 13, ÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY RELATIVA, VIGENTE EN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO, NO SON INEQUITATIVOS NI DESPROPORC (1a. CLXXV/2004)
- RENTA. LOS CONTRIBUYENTES QUE SE DEDIQUEN A ACTIVIDADES AGRÍCOLAS SE ENCUENTRAN BAJO EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE TRIBUTACIÓN Y NO DEL RÉGIMEN GENERAL. (XV.3o.22 A)
- RENTA. LAS PERSONAS FÍSICAS Y MORALES QUE IMPUGNEN LA CONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 74 DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, PUEDEN DEMOSTRAR QUE SE DEDICAN EXCLUSIVAMENTE A ACTIVIDAD (XV.4o.3 A (10a.))
- RENTA, IMPUESTO SOBRE LA. EL TITULO II DE LA LEY, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD. (s/clave)
- RENTA. EL BENEFICIO DE REDUCIR LA CONTRIBUCIÓN DETERMINADA, ESTABLECIDO EN EL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 81 DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, ES APLICABLE TANTO A LAS PERSONAS F (XI.1o.A.T.84 A (10a.))
- RENTA. LOS CONTRIBUYENTES QUE ÚNICAMENTE PERCIBAN INGRESOS POR SUELDOS Y SALARIOS, ESTÁN OBLIGADOS A CONSIDERAR LA PROPORCIÓN DEL SUBSIDIO NO ACREDITABLE QUE LE SEA APLICABLE, PARA (III.1o.A. J/9)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis