DEMANDA DE AMPARO. DEBE REVOCARSE EL AUTO DE DESECHAMIENTO, SI SE ACREDITA QUE POR UN ERROR DEL OFICIAL DE LA OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN SE ENTREGÓ COMO ACUSE DE RECIBO EL ORIGINAL DE AQUELLA QUE CONTIENE LA FIRMA AUTÓGRAFA.
Si al interponer el recurso de revisión se advierte que por un error atribuible al oficial de la oficina de correspondencia se entregó al promovente del amparo, como acuse de recibo, el original de la demanda con la firma autógrafa y junto con el escrito de agravios el recurrente anexa el original de la demanda, en el que consta el sello de recibo de la oficina de correspondencia común relativa, del que se desprende la misma fecha que la de la copia fotostática del escrito que recibió el Juez de Distrito, así como la firma autógrafa del quejoso, ello lleva a la conclusión de que la demanda no carecía de la firma, sino que únicamente se recibieron en la oficina de correspondencia común las copias fotostáticas que a su vez tuvo por presentadas el a quo, de modo que la no exhibición del original se debió a un error, por lo que para no dejar en estado de indefensión al quejoso, debe revocarse el auto recurrido y ordenar la admisión del referido escrito, siempre y cuando se haya formulado con los requisitos de ley y no se adviertan otras causas notorias y manifiestas de improcedencia.
DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/184666-38f5d0f1/demanda-de-amparo-debe-revocarse-el-auto-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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