SANCIÓN PENAL. CÓMPUTO DE SU PRESCRIPCIÓN CONFORME A LOS ARTÍCULOS 113 Y 114 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL.
El artículo 113 del Código Penal para el Distrito Federal establece: "Salvo que la ley disponga otra cosa, la pena privativa de libertad prescribirá en un tiempo igual al fijado en la condena y una cuarta parte más, pero no podrá ser inferior a tres años ..."; por su parte, el artículo 114 del citado código dispone: "Cuando el reo hubiere extinguido ya una parte de su sanción, se necesitará para la prescripción tanto tiempo como el que falte de la condena y una cuarta parte más, pero no podrá ser menor de un año.". De la interpretación sistemática de los preceptos antes señalados, se desprende que si el responsable de la comisión de un delito estuvo en prisión preventiva durante el procedimiento, y se acogió al beneficio de la sustitución de la pena privativa de libertad por tratamiento en libertad establecido en la sentencia de primera instancia y después el tribunal de alzada modifica la pena de prisión, revocando la sustitutiva de la pena por tratamiento en libertad y ordena su reaprehensión, ante lo cual el reo se sustrae de la acción de la justicia en ese momento, para realizar el cómputo de la prescripción de la sanción penal el Juez debe restar a la condena establecida por el tribunal de alzada, el tiempo en que el reo estuvo privado preventivamente de su libertad, extinguiendo parte de su sanción y aumentar al tiempo de condena resultante una cuarta parte de la misma. Por lo cual, viola garantías que el Juez del proceso efectúe el cómputo de la prescripción de la sanción penal, sin tomar en cuenta el tiempo que el reo estuvo en prisión preventiva extinguiendo parte de su condena.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/186428-93087e11/sancion-penal-computo-de-su-prescripcion-conforme-a · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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