EDICTOS. EFECTOS DE SU PUBLICACIÓN SÓLO EN LAS FECHAS DE APARICIÓN DEL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE TABASCO, TRATÁNDOSE DEL REMATE DE BIENES RAÍCES EN EL PROCEDIMIENTO MERCANTIL (ARTÍCULO 1411 DEL CÓDIGO DE COMERCIO).
Si se toma en cuenta que el Periódico Oficial del Gobierno del Estado únicamente se publica los días miércoles y sábado de cada semana, bajo la coordinación de la Dirección de Talleres Gráficos de la Dirección General de Administración de la Secretaría de Planeación y Finanzas, como se aprecia en la última página de cada una de sus publicaciones, es acertado el argumento, en cuanto a que existe imposibilidad legal de hacer la publicación de los edictos en el Periódico Oficial, anunciando el remate judicial de los bienes inmuebles embargados por tres veces exactamente dentro del término de nueve días, mediando entre la primera y última publicación este lapso. Tal circunstancia permite establecer que ante la imposibilidad legal y natural del interesado para hacer esas publicaciones en el medio de difusión oficial citado, en el exacto término legal precisado en el artículo 1411 del Código de Comercio, ello no implica transgresión a este dispositivo legal para desvirtuar la finalidad que persiguió el legislador, de que en ese lapso los postores interesados en intervenir en el remate pudiera enterarse de éste y preparar los requisitos que deben satisfacer para ese fin, aun cuando la última notificación se haga en el octavo día, pues ello, como se dijo, sólo es consecuencia de las fechas preestablecidas de la publicación de ese medio oficial.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/186591-b3b6e603/edictos-efectos-de-su-publicacion-solo-en-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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