INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES. HIPÓTESIS EN QUE NO TIENE EL CARÁCTER DE AUTORIDAD PARA LOS EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO.
La Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores prevé diversos supuestos en los que dicho organismo público actúa como autoridad; sin embargo, cuando el acto reclamado deriva de los descuentos que el instituto hace sobre el salario del trabajador, vinculados con la relación que establecieron en virtud del contrato de crédito otorgado a favor del último para adquirir en propiedad una vivienda y, por ende, constituyeron derechos y obligaciones recíprocos, en un plano de igualdad, es obvio que tal actuación no se encuentra revestida de imperio frente al particular, porque el acto impugnado carece de las características de unilateralidad e imperatividad propias de un acto de autoridad porque, al ejecutarlo, el instituto no se apoya en la ley, sino en el acuerdo tomado entre ambas partes; por tanto, cualquier controversia que se suscite con motivo de esa relación contractual no entraña una violación de garantías; de ahí que su estudio debe ser resuelto por los tribunales de instancia competentes, conforme con lo dispuesto en los artículos 52 y 53 de la propia ley en cita, toda vez que la acción constitucional intentada es improcedente, en los términos de la fracción XVIII del artículo 73, en relación con el diverso 11, ambos de la Ley de Amparo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/186933-a225cdc3/instituto-del-fondo-nacional-de-la-vivienda-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES. NO ES AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO CUANDO SE LE RECLAMA LA OMISIÓN DE RESPONDER LA SOLICITUD DE IN (2a./J. 9/2013 (10a.))
- INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES. NO ES AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO, CUANDO SE IMPUGNA LA OMISIÓN EN QUE INCURRE AL NO RESPONDER LA (PC.XVI.T. J/1 L (10a.))
- INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT). NO TIENE EL CARÁCTER DE AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL AMPARO CUANDO REALIZA LOS DESCUENTOS EN EL SALARIO (II.2o.T.7 L (10a.))
- INFONAVIT. ES AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. (I.1o.A.29 K (10a.))
- FONDO DE LA VIVIENDA DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO (FOVISSSTE). LA ORDEN A LA DEPENDENCIA DONDE LABORA EL TRABAJADOR PARA QUE REALI (VI.3o.A.216 A)
- INFONAVIT. ES INAPLICABLE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO PARA LA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS, RESPECTO DEL CRÉDITO DE VIVIENDA QUE HAYA OTORGADO.- (758)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis