PRUEBAS, LA FALTA DE ESTUDIO DE LAS, RESULTA VIOLATORIA DE GARANTÍAS.
La omisión del examen, así como la falta de expresión de las razones por las cuales se otorga o niega convicción al material probatorio por el juzgador al momento de emitir una resolución, constituyen vicios que se traducen en violaciones a los artículos 14 y 16 constitucionales, por transgredir el principio de legalidad, dada la falta de motivación de la resolución correspondiente, ya que las pruebas aportadas por la partes deben ser valoradas de manera razonada, al momento de dictarse la resolución.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/188128-77923d5c/pruebas-la-falta-de-estudio-de-las-resulta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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