MULTAS FISCALES QUE FLUCTÚAN ENTRE UN MÍNIMO Y UN MÁXIMO. NO SON VIOLATORIAS DE GARANTÍAS CUANDO EL LÍMITE NO SE HAYA ESTABLECIDO EN CANTIDAD ÍNFIMA.
Se debe considerar como de orden público y de interés social regular el debido cumplimiento de la obligación ciudadana de contribuir de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes, conforme a lo dispuesto por el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues de no ser así, se permitiría la evasión de las aportaciones requeridas para que el Estado cuente con recursos suficientes para la satisfacción de los servicios públicos. Las multas constituyen uno de los medios con los que cuenta la autoridad para disuadir al contribuyente de incurrir en conductas de omisión a las obligaciones fiscales, medida que además tiene como efecto constituirse en ejemplar para el causante incumplido. Por consiguiente, la pretensión de que el límite inferior del parámetro de mínimo a máximo de la multa deba ser en cantidad irrisoria propiciaría impedir cristalizar el objetivo teleológico esencial de la sanción pecuniaria, puesto que se anularía el propósito de disuasión y ejemplaridad para el causante que incumple un importante deber ciudadano. De ahí que se deba estimar acertado que el legislador establezca un límite inferior de sanción en un monto que provoque un impacto tal que haga conciencia de lo delicado del incumplimiento, así sea en el caso más atenuado.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/189042-1c176de1/multas-fiscales-que-fluctuan-entre-un-minimo-y · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- MULTA FISCAL MÍNIMA. SI BIEN SU FALTA DE MOTIVACIÓN EN CUANTO AL MONTO DE LA CUANTÍA IMPUESTA NO AMERITA LA CONCESIÓN DEL AMPARO, ELLO NO IMPLICA QUE LA AUTORIDAD RESPECTIVA SE ABS (2a. CXLVI/2001)
- MULTA FISCAL VIOLATORIA DE GARANTÍAS. LO ES LA QUE SE FUNDAMENTA EN DISPOSICIONES FISCALES DISTINTAS CON MONTO MÍNIMO DIFERENTE [TESIS HISTÓRICA]. (433 (H))
- MULTA FISCAL VIOLATORIA DE GARANTÍAS. LO ES LA QUE SE FUNDAMENTA EN DISPOSICIONES FISCALES DISTINTAS CON MONTO MÍNIMO DIFERENTE. (XIII.2o. J/5 )
- MULTA MÍNIMA EN MATERIA FISCAL. SU MOTIVACIÓN LA CONSTITUYE LA VERIFICACIÓN DE LA INFRACCIÓN Y LA ADECUACIÓN DEL PRECEPTO QUE CONTIENE DICHA MULTA. (VIII.2o. J/21)
- MULTAS. LOS PRECEPTOS QUE LAS ESTABLECEN ENTRE UN MÍNIMO Y UN MÁXIMO, DENTRO DE UN CONTEXTO NORMATIVO QUE NO PREVÉ LOS ELEMENTOS QUE LA AUTORIDAD DEBE VALORAR PARA FIJAR EL MONTO P (340)
- MULTAS. LOS PRECEPTOS QUE LAS ESTABLECEN ENTRE UN MÍNIMO Y UN MÁXIMO, DENTRO DE UN CONTEXTO NORMATIVO QUE NO PREVÉ LOS ELEMENTOS QUE LA AUTORIDAD DEBE VALORAR PARA FIJAR EL MONTO P (2a./J. 242/2007)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis