CAREOS PROCESALES. LA OMISIÓN DE DESAHOGARLOS IMPLICA UNA VIOLACIÓN AL PROCEDIMIENTO, ANÁLOGA A LA PREVISTA EN LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 160 DE LA LEY DE AMPARO.
Si bien es cierto que la fracción III del artículo 160 de la Ley de Amparo, al establecer que en los juicios del orden penal se considerarán violadas las leyes del procedimiento "III. Cuando no se le caree con los testigos que hayan depuesto en su contra, si rindieran su declaración en el mismo lugar del juicio, y estando también el quejoso en él.", se refiere a los careos constitucionales a que alude el artículo 20 constitucional, también lo es que el artículo 14 de la Carta Magna consagra la garantía del debido proceso legal, al estimar que los juicios deben llevarse a cabo ante autoridad competente, cumpliendo con "las formalidades esenciales del procedimiento", lo que implica necesariamente que los procedimientos jurisdiccionales seguidos ante las autoridades respectivas, se tramiten conforme a las disposiciones procesales exactamente aplicables al caso concreto, pues de lo contrario se transgrede el derecho positivo y, por ende, se actualiza la infracción a las garantías de que se trata; en tal virtud, si en el caso existe disposición expresa en el artículo 265 del Código Federal de Procedimientos Penales, que obliga a celebrar los careos procesales cuando exista contradicción sustancial en el dicho de dos personas, es claro que al encontrarse en tal hipótesis y no desahogarse dichos careos, ello implica violación a las referidas garantías de legalidad y seguridad jurídica y, por tanto, se actualiza la existencia de una violación procedimental que deja sin defensa al quejoso, análoga a la referida en la fracción III del artículo 160 de la Ley de Amparo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/189179-8f4aba31/careos-procesales-la-omision-de-desahogarlos-implica-una · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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