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NORMAS OFICIALES MEXICANAS. LA COMPETENCIA PARA VIGILAR SU APLICACIÓN E IMPONER LAS SANCIONES RESPECTIVAS, RADICA EN LA AUTORIDAD ESPECIFICADA EN ELLAS.

Clave: I.7o.A.124 A · Registro digital (IUS): 189934 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Abril de 2001; Pág. 1091

La interpretación conjunta de los artículos 17 y 26 de la Ley de Comercio Exterior; 176, fracción II y 178, fracción IV, de la Ley Aduanera; 1o., 3o., fracciones X y XI, 38, fracción II, 39, fracción V y 40, fracción XII, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, hace inferir que una norma oficial mexicana es una disposición expedida por la autoridad en el ámbito de su competencia, relativa a las características que debe reunir un producto en relación a su fabricación y distribución. El carácter individualizado de esas disposiciones implica que, para determinar a qué autoridad compete vigilar su cumplimiento e imponer las sanciones correspondientes, se debe acudir a lo establecido en cada una de ellas.

SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/189934-de642f10/normas-oficiales-mexicanas-la-competencia-para-vigilar-su · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Revisión fiscal 1577/2000. Subadministrador de lo Contencioso "1" de la Administración Local Jurídica de Ingresos del Norte del Distrito Federal, en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público y otras. 15 de noviembre de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: José Morales Contreras. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, julio de 2000, página 694, tesis VI.A. J/7, de rubro: "NORMA OFICIAL MEXICANA. PARA DETERMINAR SI LA AUTORIDAD ADUANAL CUENTA CON FACULTADES PARA SUPERVISAR SU CUMPLIMIENTO, ES NECESARIO ACUDIR A SU TEXTO.".

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