Corpus
Modo: Corpus Pro

EMPLAZAMIENTO, REQUERIMIENTO DE PAGO Y EMBARGO, CONSTITUYEN ACTOS PROCESALES DISTINTOS ENTRE SÍ, POR LO QUE SU INDEPENDENCIA PERMITE QUE SE LLEVEN A CABO EN LA MISMA DILIGENCIA O EN DILIGENCIAS DIVERSAS.

Clave: VI.2o.C.200 C · Registro digital (IUS): 190172 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Marzo de 2001; Pág. 1753

No obstante que por la naturaleza sumaria del juicio ejecutivo mercantil, se encuentran regulados como actos subsecuentes e inmediatos el requerimiento de pago, embargo y emplazamiento, éstos constituyen actos procesales distintos entre sí que se refieren a temas diferentes del procedimiento. El requerimiento de pronto pago, señalamiento de bienes y embargo sobre éstos, es una institución relacionada con la calidad del título base de la acción; en tanto que el emplazamiento, es una institución procesal cuya finalidad no es la celeridad en el procedimiento, sino la natural satisfacción de la garantía de audiencia del demandado; es un acto de autoridad por el cual el juzgador da noticia completa al demandado respecto de la existencia de un juicio que se inició en su contra, con la finalidad de que aquél acuda a defender sus intereses, aporte pruebas tendientes a ello, oponga los medios de defensa que estime pertinentes y escuche la sentencia que resuelva el pleito. Por lo tanto, posee una naturaleza y finalidad distintas al requerimiento de pago, señalamiento de bienes y embargo, y si bien entre éstos sí debe existir una secuencia necesaria constituida primeramente por el requerimiento de pago, posteriormente el señalamiento de bienes, primero por el demandado y ante su negativa por el actor, y finalmente el embargo, el emplazamiento no interfiere con tales actos, y éstos tampoco con el emplazamiento; por lo que la independencia de los actos analizados permite que se lleven a cabo en la misma diligencia, o en diligencias diversas, en la inteligencia de que en cuanto a los primeros, necesariamente deberán ser inmediatas y secuenciales en su orden.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/190172-2ac416ee/emplazamiento-requerimiento-de-pago-y-embargo-constituyen-actos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 425/2000. Guillermo López López. 9 de noviembre de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Armando Pallares Valdez. Secretario: Eduardo Iván Ortiz Gorbea.

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