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CONCURSO REAL DE DELITOS, INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA. DELITO DE MAYOR ENTIDAD (LEGISLACIÓN PENAL FEDERAL VIGENTE EN 1996).

Clave: VI.1o.P.77 P · Registro digital (IUS): 191040 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XII, Octubre de 2000; Pág. 1281

La interpretación armónica de los artículos 51, 52 y 64 del Código Penal Federal, vigentes en esa época, permite sostener que para la individualización de las sanciones en concurso real de delitos, en cuanto a que el último precepto en cita establecía "... En caso de concurso real, se impondrá la pena del delito que merezca la mayor, la cual podrá aumentarse con las penas que la ley contempla para cada uno de los delitos restantes, sin que exceda del máximo señalado en el título segundo del libro primero. Cuando el concurso real se integre por lo menos con un delito grave, la autoridad judicial impondrá la pena del delito que merezca la mayor, la cual deberá aumentarse con cada una de las penas de los delitos restantes, sin que exceda del máximo señalado antes mencionado.", se refería a que la imposición original de la pena era para aquel delito que, en el límite inferior era el más alto de entre los acumulados y no a aquel que en el límite superior fuera el más sancionado; pues la mayor entidad de un delito se obtiene, no por el extremo superior, sino por el inferior.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/191040-5d291dbc/concurso-real-de-delitos-individualizacion-de-la-pena · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 598/99. 15 de junio del 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Gazca Cossío, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Jorge Patlán Origel.

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