ORDEN DE VERIFICACIÓN DE VEHÍCULOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA EN TRÁNSITO, LEGALIDAD DE LA.
No puede existir ilegalidad en la emisión de la orden de verificación de vehículos de procedencia extranjera emitida por las unidades administrativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, atendiendo a la naturaleza del caso particular de la comprobación de vehículos de procedencia extranjera, puesto que por razones obvias al referirse a vehículos en circulación resulta imposible determinar el lugar o lugares por los que éstos transitan; por tanto, para cumplir con la exigencia contenida en el artículo 16 constitucional basta con que la misma orden conste por escrito y permita identificar a la persona a la que se dirige, estando debidamente fundada y motivada, porque como se dijo, en la orden de verificación de vehículos de procedencia extranjera en tránsito no puede de manera cierta conocer previamente qué vehículo pasará por un lugar determinado en una fecha precisa, de tal suerte que las órdenes de verificación se emiten para autorizar a funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que se encarguen de la verificación o revisión de los citados vehículos, consistente en comprobar la estancia legal, importación y tenencia de vehículos extranjeros en circulación dentro de un ámbito espacial y tomando para tal efecto la competencia territorial conforme a la cual actúan las Administraciones Locales Jurídicas de Ingresos, las Administraciones Locales de Auditoría Fiscal y las Administraciones Locales de Recaudación en términos del artículo 41 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, vigente a partir del primero de julio de mil novecientos noventa y siete.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/192741-9c6a86eb/orden-de-verificacion-de-vehiculos-de-procedencia-extranjera · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ORDEN DE VERIFICACIÓN DE VEHÍCULOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA EN TRÁNSITO. PARA SU VALIDEZ NO REQUIERE DE LA PRECISIÓN DE SU VIGENCIA NI DE SU FECHA DE ENTREGA. (V.2o.72 A)
- ORDEN DE VERIFICACIÓN DE UN VEHÍCULO DE PROCEDENCIA EXTRANJERA. LOS VERIFICADORES NO REQUIEREN CONOCIMIENTOS ESPECIALES SI EXISTEN ELEMENTOS OBJETIVOS PARA CONCLUIR QUE NO SE TRATA (VI.2o.A.18 A )
- VEHÍCULOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA EN TRÁNSITO. EN LA ORDEN DE VERIFICACIÓN ES INAPLICABLE LA TESIS DE JURISPRUDENCIA 2a./J. 44/2001, DE LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUS (2a./J. 129/2004)
- VEHÍCULOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA EN TRÁNSITO. EN LA ORDEN DE VERIFICACIÓN ES INAPLICABLE LA TESIS DE JURISPRUDENCIA 2a./J. 44/2001, DE LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUS (378)
- VEHÍCULOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA EN TRÁNSITO. LA ORDEN DE VERIFICACIÓN NO ES ILEGAL AUNQUE LOS DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL AUTOMÓVIL SE ASIENTEN CON UN TIPO DE LETRA DIFERENTE A (2a./J. 130/2004)
- VEHÍCULOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA EN TRÁNSITO. LA ORDEN DE VERIFICACIÓN NO ES ILEGAL AUNQUE LOS DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL AUTOMÓVIL SE ASIENTEN CON UN TIPO DE LETRA DIFERENTE A (566)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis