MINISTERIO PÚBLICO, ASEGURAMIENTO DECRETADO POR EL. CAMBIO DE SITUACIÓN JURÍDICA POR EXISTIR DIVERSO ASEGURAMIENTO DICTADO POR LA AUTORIDAD JUDICIAL.
Cuando durante la tramitación del juicio de amparo en que se reclama el aseguramiento de bienes decretado por el Ministerio Público de la Federación dentro de una averiguación previa, queda acreditado que la representación social federal consignó los hechos a una autoridad judicial federal en materia penal y que ésta a su vez dictó nuevo aseguramiento sobre los propios bienes, se concreta la causal de improcedencia estatuida en la fracción X del artículo 73 de la Ley de Amparo, ya que el aseguramiento decretado por la autoridad judicial genera en el proceso penal del que deriva el acto reclamado un cambio de situación jurídica que origina que, para los efectos del juicio de amparo, deban considerarse consumadas irreparablemente las violaciones que se hubieran cometido en el aseguramiento decretado por la autoridad ministerial, pues con motivo del aseguramiento decretado por la autoridad judicial, los bienes afectos a la indagatoria dejaron de estar bajo la potestad legal de la representación social federal señalada como responsable y quedaron a disposición de la autoridad judicial, lo que imposibilita que el órgano de control constitucional pueda examinar la constitucionalidad o inconstitucionalidad del aseguramiento reclamado en el amparo, ya que de hacerlo se afectaría la nueva situación jurídica creada con el aseguramiento dictado por la autoridad judicial federal.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/193129-f2a4a932/ministerio-publico-aseguramiento-decretado-por-el-cambio-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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