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Modo: Corpus Pro

PROPINAS. SON IRRELEVANTES PARA ACREDITAR EL VÍNCULO DE TRABAJO.

Clave: II.T.63 L · Registro digital (IUS): 194519 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Marzo de 1999; Pág. 1439

De conformidad con el artículo 20 de la Ley Federal del Trabajo, el pago del salario es uno de los elementos que caracterizan la relación de trabajo; luego, las propinas como única percepción, no equivalen al salario, elemento indispensable para la existencia del vínculo.

TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/194519-6d4bdd7d/propinas-son-irrelevantes-para-acreditar-el-vinculo-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1050/98. Apolinar Vidal López. 26 de noviembre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretaria: Gloria Burgos Ortega. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen CXXVI, Quinta Parte, página 92, tesis de rubro: "PROPINAS, PERSONAS QUE SIRVEN A CAMBIO DE. NO SON SUJETOS DE RELACIÓN LABORAL (GASOLINERAS).".

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