Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

EJECUCIÓN DE SENTENCIA, EL ACUERDO POR EL QUE SE TIENE POR EXHIBIDA LA FIANZA PARA LA, NO ORIGINA NOTIFICACIÓN PERSONAL A LA PARTE VENCIDA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

Clave: III.3o.C.72 C · Registro digital (IUS): 196614 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Marzo de 1998; Pág. 785

El auto dictado con motivo de la exhibición de la garantía para ejecutar una sentencia definitiva contra la que se admitió la apelación sólo en el efecto devolutivo, no es de aquellas resoluciones que deban ser notificadas en forma personal a la parte perjudicada, dado que previamente se le dio vista de la solicitud de su contraparte para llevar a cabo el cumplimiento del fallo; además, contra ese tipo de resoluciones no cabe recurso alguno al tenor del artículo 501 del Código de Procedimientos Civiles del Estado. Consiguientemente, la circunstancia de que pueda exhibirse la contrafianza hasta antes de que se verifique la ejecución, no significa que la autoridad judicial tenga que darle vista nuevamente.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/196614-d4cec9b5/ejecucion-de-sentencia-el-acuerdo-por-el-que · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1259/97. Manuel Morales Rivera. 15 de enero de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Figueroa Cacho. Secretario: Óscar Javier Murillo Aceves.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis