FRAUDE POR SIMULACION.
Para la integración del tipo penal de fraude específico previsto en la fracción X del artículo 387 del Código Penal para el Distrito Federal, por simulación de un acto jurídico, no se requiere la bilateralidad para su actualización, como lo asevera el Juez de amparo, toda vez que la hipótesis normativa a la letra dice: "Al que simulare un contrato, un acto o escrito judicial, con perjuicio de otro o para obtener cualquier beneficio indebido"; de suerte que la simulación, para los efectos penales, consiste en la utilización de un documento jurídico, en cuyo contenido consten elementos que parezcan reales, no siéndolo, para con él generar actuaciones judiciales en perjuicio de otro, lo cual evidentemente puede hacer una sola persona.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/199648-463c4b0b/fraude-por-simulacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- FRAUDE POR SIMULACIÓN.- (4597)
- FRAUDE POR SIMULACION, CONCEPTO DE ACTO EN DELITO DE. (s/clave)
- FRAUDE POR SIMULACIÓN, CONCEPTO DE ACTO EN DELITO DE.- (4598)
- SIMULACIÓN, CONCEPTO DE. FRAUDE ESPECÍFICO PREVISTO POR LA FRACCIÓN X DEL ARTÍCULO 387 DEL CÓDIGO PENAL VIGENTE.- (5745)
- SIMULACION, CONCEPTO DE. FRAUDE ESPECIFICO PREVISTO POR LA FRACCION X DEL ARTICULO 387 DEL CODIGO PENAL VIGENTE. (s/clave)
- SIMULACION, CONCEPTO DE. FRAUDE ESPECIFICO. (23)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis