Corpus
Modo: Corpus Pro

REMATE. PROCEDE EL AMPARO INDIRECTO CONTRA EL ACTO POSTERIOR EN EL QUE SE HACE EFECTIVO UN APERCIBIMIENTO, AUN CUANDO SEA CONSECUENCIA DEL AUTO MEDIANTE EL CUAL SE PREVINO PARA DAR CUMPLIMIENTO A CIERTO REQUERIMIENTO, SI SE IMPUGNA POR VICIOS PROPIOS.

Clave: X.1o.(XI Región) 3 C (10a.) · Registro digital (IUS): 2003133 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVIII, Marzo de 2013; Tomo 3; Pág. 2069

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 18, publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo VI, Materia Común, página 13, de rubro: "ACTOS DERIVADOS DE ACTOS CONSENTIDOS QUE SE IMPUGNAN POR VICIOS PROPIOS.", estableció que el juicio de amparo contra actos derivados de otros consentidos, es improcedente cuando aquéllos no se impugnan por razón de vicios propios. Con base en lo anterior, en el periodo de remate de bienes derivado de un juicio civil, cuando el acto reclamado consista en un proveído en el que se hizo efectivo un apercibimiento, aun cuando éste es consecuencia del auto mediante el cual se le previno para que diera cumplimiento a cierto requerimiento y se apercibió que, en caso de omisión, se haría efectivo éste, no puede decirse que se trate de un acto consentido por no haberse impugnado, en los términos de la ley, el primero en el que se le previno; entonces, el juicio de amparo indirecto es procedente si el acto posterior en el que se hizo efectivo el apercibimiento se impugna por vicios propios, pues su ilegalidad no se hace depender del apercibimiento, sino del hecho de que la autoridad responsable haya determinado que no se había dado cumplimiento a lo solicitado, a pesar de que el promovente contestó y refirió haber aportado lo requerido, y la autoridad no expresó razones del incumplimiento.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA DECIMOPRIMERA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN COATZACOALCOS, VERACRUZ.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2003133-24519a37/remate-procede-el-amparo-indirecto-contra-el-acto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 557/2012 (cuaderno auxiliar 809/2012). Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 31 de octubre de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Vicente Mariche de la Garza. Secretaria: Adriana Facundo Andrade.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.