TERCERO EXTRAÑO. NO SE VIOLA SU DERECHO DE AUDIENCIA PREVIA CUANDO ACUDE A LA INSTANCIA CONSTITUCIONAL COMO TITULAR DE UN DERECHO QUE ESTIMA AFECTADO, DERIVADO DE LA CESIÓN OBTENIDA DE UNA DE LAS PARTES CONTENDIENTES EN EL JUICIO DE ORIGEN, SI FUE ESCUCHADO A TRAVÉS DE QUIEN OBTUVO EL DERECHO.
Los terceros extraños son personas físicas o morales que no figuran en el procedimiento como parte en sentido material, pero que sufren un perjuicio dentro de él o en ejecución de la resolución que ahí se dicte, sin haber tenido la oportunidad de ser oídos en su defensa por desconocer las actuaciones relativas; por tanto, conforme a los artículos 114, fracción II, de la Ley de Amparo, vigente hasta el 2 de abril de 2013 y 107, fracción VI, de la actual, no están obligados a agotar recursos ordinarios o medios legales de defensa antes de ocurrir al amparo, ni a esperar al dictado de la última resolución que se emita en dicho procedimiento. Sin embargo, cuando el inconforme acude a la instancia constitucional en su carácter de tercero extraño como titular de un derecho que estima afectado, derivado de la cesión obtenida de una de las partes contendientes en el juicio de origen, en el que aduce no se respetó su derecho fundamental de audiencia previa, dicha violación no se configura, en la medida en que el inconforme adquirió de quien fue escuchado y vencido en el procedimiento en que fue parte, y ello sólo da paso a que se solicite el saneamiento por evicción, previsto en la legislación civil, pero no implica que se vulnere su derecho de audiencia por no haber sido llamado al juicio o procedimiento en que se afectó ese derecho, dado que para resolverse no era necesaria su integración a la relación jurídico procesal.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2004608-9522f5a6/tercero-extrano-no-se-viola-su-derecho-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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