TERCERO EXTRAÑO. INTERES JURIDICO PARA RECLAMAR EN AMPARO EL LANZAMIENTO.
Es inexacto que el interés jurídico de una persona que como tercero extraño a la controversia reclamada pide amparo para no ser lanzado de la localidad materia de la misma, la cual aduce poseer legítimamente, derive de lo que el Juez Federal sostuvo, o sea, del hecho de que esa orden de lanzamiento no se encuentre dirigida expresamente en su contra, o de que en la misma se ordene al ejecutor correspondiente que respete los derechos de terceros que se le acrediten en el momento de la diligencia; ya que de admitirse el primer supuesto, implicaría aceptar el erróneo criterio de que el interés jurídico únicamente recae en la persona contra quien se dirige la orden, sin tomar en cuenta que ésta puede ser ejecutada contra cualquier persona que ocupe el inmueble, y limitaría la acción constitucional exclusivamente a las personas que fueran parte en el juicio natural, haciendo nugatorio el amparo pedido por los terceros extraños, quienes no obstante que pudieran verse afectados en su esfera jurídica con tal ejecución, no podrían ejercitar la acción constitucional, por no mencionárseles en la aludida orden; y, de admitirse en el segundo supuesto, implicaría restringir indebidamente el interés jurídico del quejoso, únicamente a la orden del lanzamiento, no obstante que la acción constitucional se ejercitara contra todo el procedimiento judicial por violación a la garantía de audiencia, la cual, obviamente no quedaría satisfecha aunque el quejoso exhibiera ante el ejecutor los títulos de su posesión y acreditara que ésta la detenta legítimamente, pues para que dicha garantía se cumpla, es preciso que se le oiga en el juicio por Juez competente y no únicamente en el acto del lanzamiento, por el ejecutor, quien carece de competencia y facultades para hacerlo.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/209609-28aa4e17/tercero-extrano-interes-juridico-para-reclamar-en-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TERCERO EXTRAÑO. INTERÉS JURÍDICO PARA RECLAMAR EN AMPARO EL LANZAMIENTO.- (1484)
- TERCERO EXTRAÑO A JUICIO. CUANDO PROMUEVE AMPARO INDIRECTO OSTENTÁNDOSE COMO PROPIETARIO DE UN BIEN INMUEBLE MATERIA DE LA LITIS EN UN JUICIO REIVINDICATORIO, LA PROTECCIÓN CONSTIT (I.14o.C.21 C (10a.))
- INTERDICTO DE RETENER LA POSESION. NO SE OPONE A LA PROMOCION DEL AMPARO POR EL TERCERO EXTRAÑO. (VI.1o.160 C)
- TERCERO EXTRAÑO. QUIEN COMPARECE AL JUICIO E INTERPONE TERCERIA, YA NO TIENE EL CARACTER DE TERCERO EXTRAÑO, AUN CUANDO SU PETICION LE HAYA SIDO DESECHADA. (s/clave)
- INTERÉS JURÍDICO EN EL AMPARO. LA FALTA DE ACREDITAMIENTO, NO DA LUGAR AL DESECHAMIENTO DE LA DEMANDA POR NOTORIAMENTE IMPROCEDENTE, CUANDO ÉSTA SE PROMUEVE POR UN TERCERO EXTRAÑO (296)
- INTERÉS JURÍDICO EN EL AMPARO. LA FALTA DE ACREDITAMIENTO, NO DA LUGAR AL DESECHAMIENTO DE LA DEMANDA POR NOTORIAMENTE IMPROCEDENTE, CUANDO ÉSTA SE PROMUEVE POR UN TERCERO EXTRAÑO (1a./J. 28/2005)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis