INDEMNIZACIÓN EN MATERIA LABORAL. SI EL PATRÓN RESCINDE LA RELACIÓN DE TRABAJO DE UN TRABAJADOR DE CONFIANZA Y ÉSTE DEMANDA SU REINSTALACIÓN, CUANDO EL PATRÓN DECIDE SOMETER SUS DIFERENCIAS AL ARBITRAJE, EL PAGO DE AQUÉLLA PROCEDE HASTA QUE LA JUNTA DETERMINE EN EL LAUDO LA TERMINACIÓN DE DICHO VÍNCULO SIN RESPONSABILIDAD PARA EL PATRÓN PARA REINSTALARLO, AL UBICARSE EN LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 49 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 2a./J. 147/2010, publicada en la página 827 del Tomo XXXIII, enero de 2011, Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, de rubro: "INSUMISIÓN AL ARBITRAJE EN MATERIA LABORAL. LA TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO SE DA AL RESOLVER PROCEDENTE EL INCIDENTE RESPECTIVO.", sustentó que la autoridad laboral debe contar con elementos suficientes que le permitan tener certeza de que el trabajador se ubica en alguna de las hipótesis del artículo 49 de la Ley Federal del Trabajo, que permitan al patrón quedar eximido de la obligación de reinstalarlo, lo que debe determinarse a través del incidente correspondiente y, si éste resulta procedente, se dará por terminada la relación de trabajo, y se condenará al patrón al pago de la indemnización respectiva, así como a las responsabilidades que resulten, por lo que la terminación de la relación de trabajo que da lugar al pago de la indemnización se da hasta el momento en que la Junta resuelve procedente el incidente de insumisión al arbitraje y no cuando éste se promueve. En ese sentido, en los casos en que el patrón decida rescindir la relación de trabajo, por estimarse eximido de reinstalar a un trabajador de confianza y solicite a la Junta la notificación al trabajador, porque éste se negó a recibir el aviso, para lo cual exhibe las cantidades que corresponden a la indemnización en términos de las fracciones II y III del artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo, vigente hasta el 30 de noviembre de 2012, tal proceder unilateral del patrón no puede tenerse como fecha de terminación de la relación laboral, cuando el trabajador, lejos de aceptarla, demanda su reinstalación. Así, si en dicho procedimiento no se tramita el incidente de insumisión al arbitraje, será hasta el laudo donde la Junta se pronuncie si el trabajador se encuentra en alguna de las causas que permiten al patrón eximirlo de la reinstalación (artículo 49, fracción III). De ser procedente, podrá tenerse ésta como fecha de terminación de la relación de trabajo y, por ende, tomarse en cuenta para cuantificar las prestaciones correspondientes.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO OCTAVO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2005187-f603dd50/indemnizacion-en-materia-laboral-si-el-patron-rescinde · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- INSUMISIÓN AL ARBITRAJE EN MATERIA LABORAL. LA TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO SE DA AL RESOLVER PROCEDENTE EL INCIDENTE RESPECTIVO. (149)
- INSUMISIÓN AL ARBITRAJE EN MATERIA LABORAL. LA TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO SE DA AL RESOLVER PROCEDENTE EL INCIDENTE RESPECTIVO. (2a./J. 147/2010)
- INSUMISIÓN AL ARBITRAJE. AL SER UNA EXCEPCIÓN A LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO, LAS PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL DEMANDADAS AL PATRÓN DEBEN RESOLVERSE CON LA ACCIÓN DE REINSTALACI (I.13o.T.346 L (9a.))
- INSUMISIÓN AL ARBITRAJE. SÓLO PROCEDE, DE MANERA EXCEPCIONAL, RESPECTO DE LA ACCIÓN DE REINSTALACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO, SIEMPRE QUE SE SURTA ALGUNO DE LOS SUPUESTOS QUE EST (673)
- INSUMISIÓN AL ARBITRAJE. SÓLO PROCEDE, DE MANERA EXCEPCIONAL, RESPECTO DE LA ACCIÓN DE REINSTALACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO, SIEMPRE QUE SE SURTA ALGUNO DE LOS SUPUESTOS QUE EST (2a./J. 61/2004)
- INSUMISIÓN AL ARBITRAJE. LA TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO NO SE ACTUALIZA EN LA FECHA EN QUE EL PATRÓN SE ACOGE A AQUELLA FIGURA JURÍDICA, SINO EN LA QUE RESUELVA LA JUNTA. (VII.2o.A.T.60 L )
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis