NOTIFICACIÓN POR LISTA DEL ACUERDO QUE ORDENA ADMITIR LA DEMANDA DE AMPARO DIRECTO.
En el artículo 26, fracción I, inciso b), de la Ley de Amparo, se precisa que debe ser personal la primera notificación al tercero interesado, pero dicha norma no incluye en ese tipo de notificaciones, enumeradas en la citada fracción I, el acuerdo con el que se admite la demanda de amparo, y en el que se señala el plazo para presentar la demanda adhesiva, o formular alegatos; por consiguiente, la notificación de dicho acuerdo puede hacerse válidamente por medio de lista que para ese efecto se fija en los estrados de los Tribunales Colegiados, en razón de que la autoridad responsable, al recibir y tramitar la demanda de amparo directo, tiene entre otras obligaciones la de emplazar al tercero interesado al juicio de amparo, por tanto, debe entenderse que es ésta la primera notificación personal a que se refiere la ley.
SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2005436-54ddbe90/notificacion-por-lista-del-acuerdo-que-ordena-admitir · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- AMPARO DIRECTO. LA NOTIFICACIÓN AL TERCERO INTERESADO DEL AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA, DEBE REALIZARSE POR LISTA, SI LA AUTORIDAD RESPONSABLE PREVIAMENTE LO EMPLAZÓ PERSONALMENTE. (I.6o.C.36 C (10a.))
- AMPARO ADHESIVO. LA NOTIFICACIÓN POR LISTA DEL AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA PRINCIPAL NO DEJA EN ESTADO DE INDEFENSIÓN AL TERCERO INTERESADO PARA FORMULARLO. (I.3o.C.58 K (10a.))
- NOTIFICACIONES POR LISTA EN EL AMPARO. (s/clave)
- NOTIFICACIONES A AUTORIDADES TERCEROS PERJUDICADOS. (s/clave)
- NOTIFICACIÓN DEL AUTO QUE DECLARA EJECUTORIADA UNA SENTENCIA DE AMPARO DIRECTO. ES LEGAL LA PRACTICADA POR LISTA A LA AUTORIDAD QUE TENGA EL CARÁCTER DE TERCERO PERJUDICADO. (IV.2o.A.43 K)
- NOTIFICACION A LAS PARTES DEL ACUERDO DE ADMISION DE LA DEMANDA EN EL AMPARO DIRECTO, FORMA EN QUE DEBE DE HACERSE LA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis