INTERÉS LEGÍTIMO. EL RECLAMO DE UNA OMISIÓN POR PARTE DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE OBLIGA AL QUEJOSO A EXPRESAR EL BENEFICIO QUE PUDIERA OBTENER DE RESULTAR BENEFICIADO DE CONCEDERSE EL AMPARO.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, definió el interés legítimo, como aquel interés personal -individual o colectivo-, cualificado, actual, real y jurídicamente relevante, que pueda traducirse, si llegara a concederse el amparo, en un beneficio jurídico en favor del quejoso. Asimismo, precisó que dicho interés deberá estar garantizado por un derecho objetivo, sin que dé lugar a un derecho subjetivo; debe haber una afectación a la esfera jurídica del quejoso en sentido amplio, que puede ser de índole económica, profesional, de salud pública, o de cualquier otra índole. Por tanto, si el quejoso plantea a título individual, la omisión del Ayuntamiento de efectuar una consulta pública previa la aprobación del Reglamento del Tribunal de Arbitraje del Municipio de Guadalupe, Nuevo León, el que aún no ha sido publicado, sin expresar cuál es el beneficio que deja de obtener o cómo podría resultar beneficiado de concederse a su favor el amparo y la protección de la Justicia Federal, para entenderse que es objetivo su reclamo, es claro que únicamente existe un interés simple que no supone afectación a su esfera jurídica en algún sentido y, por tanto, resulta insuficiente para considerar que cuenta con un interés personal, cualificado, actual, real y jurídicamente relevante que pudiera traducirse en un beneficio jurídico a su favor.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2005976-b68ff261/interes-legitimo-el-reclamo-de-una-omision-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- INTERÉS JURÍDICO E INTERÉS LEGÍTIMO EN EL JUICIO DE AMPARO. (II.1o.23 K (10a.))
- INTERÉS LEGÍTIMO EN EL AMPARO. PARA CORROBORAR LA ESPECIAL SITUACIÓN DEL QUEJOSO FRENTE A LA NORMA O ACTO DE AUTORIDAD QUE RECLAMA BAJO ESA FIGURA, DEBE SER PATENTE LA BUENA FE, LE (XXII.P.A.1 K (10a.))
- INTERÉS LEGÍTIMO EN EL AMPARO. CARECE DE ÉSTE QUIEN ADUCE SER PARTE EN ALGÚN PROCESO JURISDICCIONAL PARA RECLAMAR EL ACUERDO DEL PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO (XVII.2o.P.A.20 A (10a.))
- INTERÉS LEGÍTIMO EN EL JUICIO DE AMPARO. SE ACTUALIZA SI AL ADELANTAR LA EVENTUAL CONCESIÓN DE LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL SE APRECIA QUE SE RESTITUIRÁ AL QUEJOSO EN EL GOCE DE AL (IX.2o.1 K (10a.))
- INTERES JURIDICO PARA LOS EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. (s/clave)
- INTERÉS LEGÍTIMO. ALCANCE DE ESTE CONCEPTO EN EL JUICIO DE AMPARO. (2a. XVIII/2013 (10a.))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis