Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

ASAMBLEA DE EJIDATARIOS. EL PLAZO DE NOVENTA DÍAS PARA IMPUGNAR SUS RESOLUCIONES DE ASIGNACIÓN DE TIERRAS, TRATÁNDOSE DE LOS EJIDATARIOS Y POSESIONARIOS REGULARES, DEBE COMPUTARSE A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL DE SU CELEBRACIÓN.

Clave: II.3o.A.132 A (10a.) · Registro digital (IUS): 2007142 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo III; Pág. 1591

El artículo 61 de la Ley Agraria establece que la asignación de tierras acordada por la asamblea de ejidatarios podrá ser impugnada por los afectados ante el tribunal agrario correspondiente, en un plazo de noventa días naturales, posteriores a la resolución correspondiente; por lo general, dicho plazo comienza a correr a partir de que el interesado tenga conocimiento del acuerdo materia de la impugnación, fecha que puede variar si éste es ajeno a dicha asamblea, tal como se advierte de la tesis aislada 2a. X/2009, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIX, marzo de 2009, página 467, de rubro: "ASIGNACIÓN DE TIERRAS. EL ARTÍCULO 61 DE LA LEY AGRARIA, QUE PREVÉ EL PLAZO PARA IMPUGNAR LA REALIZADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE EJIDATARIOS, NO VIOLA EL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL."; sin embargo, dicha situación es diferente tratándose de los miembros de la asamblea (ejidatarios y posesionarios regulares) que tienen voz y voto, pues para ellos, el plazo debe computarse a partir del día siguiente al de la celebración de aquélla; esto obedece a que conforme al artículo 27 de la misma legislación, constituye una obligación legal de sus miembros asistir a las asambleas, tan es así que las resoluciones que ahí se tomen válidamente por mayoría de votos de los presentes serán obligatorias, incluso para los ausentes y disidentes, de donde se advierte también su obligación de informarse sobre sus resultados.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2007142-cef49248/asamblea-de-ejidatarios-el-plazo-de-noventa-dias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 265/2011. Melitona Molina Hernández. 14 de junio de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Emmanuel G. Rosales Guerrero. Secretaria: Claudia Rodríguez Villaverde.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis