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Modo: Corpus Pro

SERVICIO DE EDUCACIÓN. CON INDEPENDENCIA DEL DERECHO DE LAS INSTITUCIONES PRIVADAS QUE LO BRINDAN DE EXIGIR EL PAGO DE LA COLEGIATURA CORRESPONDIENTE, ÉSTAS NO PUEDEN CONDICIONAR LA APLICACIÓN DE EVALUACIONES O EXÁMENES A DICHO PAGO, AL FORMAR LA EDUCACIÓN PARTE DEL DERECHO AL MÍNIMO VITAL.

Clave: (V Región)5o.20 K (10a.) · Registro digital (IUS): 2007280 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo III; Pág. 1959

De la interpretación pro homine del artículo 6o. de la Ley General de Educación, se concluye que, independientemente del derecho de las instituciones privadas que brindan el servicio de educación a exigir el pago de contraprestaciones a cambio de ese servicio, no implica que puedan condicionar, entre otras cuestiones, la aplicación de evaluaciones o exámenes a la satisfacción de la colegiatura correspondiente, pues el servicio público lo recibe el educando, quien no en todas ocasiones es el que adquirió la obligación de pago, como es el caso en que aquélla recae en el tutor o padre del menor de edad. Esta exégesis se sustenta en las siguientes premisas: 1) La afectación del derecho humano a la educación debe ser tutelado a través de la acción de amparo, mientras que el interés pecuniario de la institución privada, es reclamable en la vía judicial respectiva; y, 2) La educación forma parte del derecho al mínimo vital, por lo que, condicionar su otorgamiento al pago de una contraprestación, significaría condicionar las necesidades básicas del individuo, al interés de un particular, lo cual es inadmisible.

QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2007280-8866196f/servicio-de-educacion-con-independencia-del-derecho-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 78/2014 (cuaderno auxiliar 376/2014) del índice del Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, con apoyo del Quinto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en La Paz, Baja California Sur. Marisol Verdugo Orozco. 15 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Serratos García. Secretario: Israel Cordero Álvarez.

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