VÍCTIMA U OFENDIDO DEL DELITO. ESTÁ LEGITIMADO PARA INTERPONER EL RECURSO DE APELACIÓN CONTRA CUALQUIER DECISIÓN QUE AFECTE SU DERECHO A LA REPARACIÓN DEL DAÑO, INCLUSIVE LA QUE IMPIDA QUE SE PRODUZCA (INTERPRETACIÓN EXTENSIVA DEL ARTÍCULO 366, FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES DEL ESTADO DE CAMPECHE).
Del artículo 20, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008, que establece una serie de derechos a favor de la víctima u ofendido del delito, entre ellos, la legitimación procesal activa a fin de acreditar su derecho a la reparación del daño (fracción IV), se obtiene que ésta tiene legitimación para promover el recurso de apelación contra tópicos diversos al de la reparación del daño, contenidos en las resoluciones judiciales impugnadas, como son los concernientes al delito y a la responsabilidad penal del imputado, que, de no acreditarse, tiene como efecto que dicha reparación no llegue a producirse. Por ello, el artículo 366, fracción III, del Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche al disponer: "Tendrán derecho de apelar: ... III. La víctima o el ofendido, o sus legítimos representantes, cuando aquéllos o éstos tengan el carácter de coadyuvantes en la acción reparadora y sólo en lo relativo a ésta; y"; -lo que se traduce en que la legitimación procesal de la víctima se encuentra restringida únicamente para los efectos de la reparación del daño-, debe interpretarse extensivamente conforme a la norma constitucional citada, de suerte que se entienda que el ofendido o la víctima del delito se encuentra legitimado para interponer el recurso de apelación contra cualquier decisión que afecte su derecho constitucional a la reparación del daño, aun cuando no se refiera directamente a ésta, pero que de hecho impida que se produzca.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA OCTAVA REGIÓN.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2007335-c13fe5b4/victima-u-ofendido-del-delito-esta-legitimado-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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