INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES. SU ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y OPERACIÓN ADMINISTRATIVA ESTÁN BAJO LA SUPERVISIÓN Y REGULACIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES.
De conformidad con los artículos 1, 2, 5 y 32 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, éste es un organismo público descentralizado de interés social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, integrante del sistema financiero mexicano, cuyo objeto es promover el ahorro de los trabajadores, así como otorgarles financiamiento y garantizar su acceso a créditos para la adquisición de bienes y pago de servicios. Por su parte, los preceptos 2 y 3, fracciones I y IV, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores establecen la facultad de ésta para supervisar y regular, en el ámbito de su competencia, a las entidades integrantes del sistema financiero, a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo de dicho sistema en su conjunto, en protección de los intereses del público. Por tanto, la organización, funcionamiento y operación administrativa del instituto mencionado están bajo la supervisión y regulación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2008392-b9c06245/instituto-del-fondo-nacional-para-el-consumo-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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