Corpus
Modo: Corpus Pro

DERECHO FUNDAMENTAL A LA ASISTENCIA CONSULAR. OBLIGACIONES DE LAS AUTORIDADES PARA TENER POR CUMPLIDO EL DEBER DE NOTIFICAR A LA REPRESENTACIÓN CONSULAR DE LA SITUACIÓN DEL EXTRANJERO.

Clave: 1a. CXLI/2015 (10a.) · Registro digital (IUS): 2009017 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 18, Mayo de 2015; Tomo I ; Pág. 435

La obligación de las autoridades policiales y ministeriales o judiciales, según sea el caso, de facilitar el contacto del extranjero detenido con su consulado y de fungir como conducto de comunicación entre ambos para llevar a cabo dicho contacto, no debe limitarse a un trámite formal, destinado a fracasar, sino que las autoridades deben cerciorarse que los agentes consulares reciban la comunicación de la persona extranjera detenida. En este sentido, surge el deber de la autoridad de notificar de forma efectiva a la sede diplomática respectiva sobre la detención y sometimiento del extranjero a un proceso penal y la solicitud que ha realizado para que lo asistan. Así, la comunicación auténtica con la oficina consular respectiva deberá estar debidamente documentada por las autoridades que la llevaron a cabo, debiendo existir algún tipo de constancia, oficio o acuse de recibido por parte de la oficina consular respectiva, por lo que no basta con intentar informar a la representación consular sobre la situación jurídica de la persona extranjera sujeta a detención, sino que deben agotarse todos los medios que tengan a su disposición las autoridades, sin que obste a lo anterior el hecho de que la representación consular se niegue a otorgar dicha asistencia. En consecuencia, no se tendrá por cumplida la obligación de contacto con la oficina consular por parte de las autoridades en caso de no existir constancia de que la autoridad hizo todo lo posible para informar a la representación diplomática de la solicitud del extranjero.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2009017-c8100811/derecho-fundamental-a-la-asistencia-consular-obligaciones-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en revisión 4980/2014. 25 de marzo de 2015. Mayoría de tres votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Olga Sánchez Cordero de García Villegas, quien reservó su derecho para formular voto concurrente y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Disidentes: José Ramón Cossío Díaz y Jorge Mario Pardo Rebolledo. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretario: Javier Mijangos y González.

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