Corpus
Modo: Corpus Pro

RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN I, INCISO B), DE LA LEY DE AMPARO. DEBE CONSIDERARSE INTERPUESTO EN TIEMPO SI LA OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN LO RECIBIÓ EN LAS PRIMERAS HORAS DEL DÍA SIGUIENTE AL VENCIMIENTO DEL PLAZO PARA SU PRESENTACIÓN.

Clave: (I Región)1o.5 K (10a.) · Registro digital (IUS): 2009333 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 19, Junio de 2015; Tomo III; Pág. 2375

El artículo 29, párrafo primero, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de enero de 2015, establece que el horario de las oficinas de correspondencia común será de las ocho horas con treinta minutos a las veinticuatro horas, en días hábiles con algunas excepciones, como la prevista en su artículo 40, el cual dispone que si se encuentra próximo a concluir el horario de actividades y se presentan varios interesados solicitando la recepción de sus promociones, el personal debe entregarles comprobantes o contraseñas con el objeto de atenderles y recibir los documentos que exhibiesen a fin de justificar su recepción fuera del horario establecido. En este contexto, si se interpuso el recurso de queja previsto en el artículo 97, fracción I, inciso b), de la Ley de Amparo y la mencionada oficina lo recibió en las primeras horas del día siguiente al vencimiento del plazo para su presentación, debe considerarse que dicho medio se interpuso en tiempo. Lo anterior, toda vez que cuando un escrito o promoción se recibe en una oficina de correspondencia común en las primeras horas del día, ello hace presumir que el promovente se presentó antes de las veinticuatro horas del día anterior, pero que existió una carga excesiva de trabajo que impidió al personal respectivo recibir los escritos u oficios en el horario establecido por el referido Consejo y, por ello, se recibieron en las primeras horas del día siguiente.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA PRIMERA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2009333-5bac0b60/recurso-de-queja-previsto-en-el-articulo-97 · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 473/2015. Comercializadora Farmacéutica MD, S.A. de C.V. 4 de marzo de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Andrea Zambrana Castañeda. Secretaria: Mirna Pérez Hernández. Nota: El Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, aparece publicado en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 14, Tomo III, enero de 2015, página 2127.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.