Corpus
Modo: Corpus Pro

CONTRATOS DE TRANSPORTE AÉREO DE PASAJEROS Y DE INTERMEDIACIÓN DE VIAJES. NO BASTA CON QUE EL CLIENTE O USUARIO, VÍA INTERNET, HAYA MANIFESTADO SU CONFORMIDAD SOBRE LAS CONDICIONES Y BENEFICIOS DE ÉSTOS, AL ADQUIRIR EL BOLETO O BILLETE DE VIAJE, PUES CORRESPONDE A LOS PRESTADORES DEL SERVICIO (DEMANDADAS) DEMOSTRAR QUE LOS HICIERON DEL CONOCIMIENTO DEL ACTOR Y EXPLICARON SUS CONSECUENCIAS, LO QUE NO SE CUMPLE CON LA SOLA EXHIBICIÓN DE AQUÉLLOS.

Clave: I.9o.C.37 C (10a.) · Registro digital (IUS): 2012021 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 32, Julio de 2016; Tomo III; Pág. 2130

Tanto en el contrato de transporte aéreo de pasajeros como en el de intermediación de viajes, es obligación de los prestadores del servicio asesorar debidamente a los usuarios respecto de todas las obligaciones y derechos a que se someten por el uso del servicio. Lo anterior implica que el prestador del servicio está obligado a proporcionar expresamente información, orientación y consejos adecuados y suficientes al turista o viajero, sobre todos los compromisos y beneficios que le puedan resultar de la aceptación de las condiciones, que los organizadores u operadores mayoristas suelen presentar en contratos de adhesión, mediante explicaciones accesibles y oportunas, así como sobre los tiempos, calidad, cantidad, modalidades y exigencias para evitar inconvenientes al viajero y brindarle tranquilidad; por tanto, no basta con que el cliente o usuario, vía Internet, haya manifestado su conformidad sobre las condiciones del contrato de transporte aéreo o de intermediación de viajes, al adquirir el boleto o billete de viaje, pues corresponde a los prestadores del servicio (demandadas) demostrar que hicieron del conocimiento del actor esas condiciones y explicaron sus consecuencias, lo que no se cumple con la sola exhibición del contrato respectivo.

NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2012021-5f9036fb/contratos-de-transporte-aereo-de-pasajeros-y-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 223/2016. Arturo Gabriel Ortega Hernández. 12 de mayo de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Gonzalo Hernández Cervantes. Secretaria: Rocio Almogabar Santos.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.